La presente investigación tiene como OBJETIVO general, analizar si es posible la conversión de pena en los supuestos del delito de lesiones contra el grupo familiar (articulo 122-B), tomando en cuenta tanto los argumentos por los cuales se afirma la negativa a que los jueces conviertan una pena privativa de libertad en una de otra naturaleza, pero también aquellos argumentos que justifican porque estaría permitido. METODOLOGÍA: A lo expuesto, es menester rubricar que el parametro postulado, es aplicada descriptivo transversal, la cual se desarrolló con una poblacion cuantitativa probabilística conformada por 90 operadores juridicos. RESULTADOS: Asimismo, de acuerdo a la verificacion y procesamiento de datos, se obtuvo como resultado, que desde el 29 de diciembre del 2016 en adelante, era posible aplicar la conversion en ejecucion de condena para el articulo 122-B del Codigo Penal. CONCLUSIONES: Finalmente, se ha demostrado que la suspension de la ejecucion de la pena y conversion de pena, son instituciones autónomas e independientes