42 results on '"Institut de Drets Humans"'
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2. Discrimination in Barcelona 2018
- Author
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Institut de Drets Humans de Catalunya, Centre de Recursos en Drets Humans, Direcció de Serveis de Drets de Ciutadania i Diversitat, Gerència de Drets de Ciutadania, Participació i Transparència, and Taula d'Entitats d'Atenció a Víctimes de Discriminació
- Subjects
Racism ,Discriminación ,Racisme ,Discrimination ,informes altres ,Human rights ,Derechos humanos ,Discriminació ,Drets humans ,Racismo ,Sector públic - Abstract
Podeu consultar la versió en català a: http://hdl.handle.net/11703/113948 Podeu consultar la versió en castellà a: http://hdl.handle.net/11703/114528
- Published
- 2019
3. La discriminació a Barcelona. 2018
- Author
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Oficina per la No Discriminació, Centre de Recursos en Drets Humans, Taula d'Entitats d'Atenció a Víctimes de Discriminació, and Institut de Drets Humans de Catalunya
- Subjects
informes d'avaluació i de seguiment ,Societat i benestar - Published
- 2019
4. La discriminación en Barcelona 2018
- Author
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Institut de Drets Humans de Catalunya, Centre de Recursos en Drets Humans, Direcció de Serveis de Drets de Ciutadania i Diversitat, Gerència de Drets de Ciutadania, Participació i Transparència, Taula d'Entitats d'Atenció a Víctimes de Discriminació, Institut de Drets Humans de Catalunya, Centre de Recursos en Drets Humans, Direcció de Serveis de Drets de Ciutadania i Diversitat, Gerència de Drets de Ciutadania, Participació i Transparència, and Taula d'Entitats d'Atenció a Víctimes de Discriminació
- Published
- 2019
5. La discriminació a Barcelona 2018
- Author
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Institut de Drets Humans de Catalunya, Centre de Recursos en Drets Humans, Direcció de Serveis de Drets de Ciutadania i Diversitat, Gerència de Drets Socials, Àrea de Drets Socials, Taula d'Entitats d'Atenció a Víctimes de Discriminació, Institut de Drets Humans de Catalunya, Centre de Recursos en Drets Humans, Direcció de Serveis de Drets de Ciutadania i Diversitat, Gerència de Drets Socials, Àrea de Drets Socials, and Taula d'Entitats d'Atenció a Víctimes de Discriminació
- Published
- 2019
6. La discriminació a Barcelona 2018 [infografia]
- Author
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Centre de Recursos en Drets Humans, Institut de Drets Humans de Catalunya, Direcció de Serveis de Drets de Ciutadania i Diversitat, Gerència de Drets de Ciutadania, Participació i Transparència, Taula d'Entitats d'Atenció a Víctimes de Discriminació, Centre de Recursos en Drets Humans, Institut de Drets Humans de Catalunya, Direcció de Serveis de Drets de Ciutadania i Diversitat, Gerència de Drets de Ciutadania, Participació i Transparència, and Taula d'Entitats d'Atenció a Víctimes de Discriminació
- Published
- 2019
7. Informe i nota conceptual sobre conferència CESDHC
- Author
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Gerència de Drets de Ciutadania, Participació i Transparència, Institut de Drets Humans de Catalunya, and Garcia Chueca, Eva
- Subjects
Government policy ,Municipal corporations ,informes altres ,Societat i benestar ,Sector públic ,Política pública ,Política gubernamental ,Human rights ,Derechos humanos ,Drets humans ,Municipis ,Municipios ,Demografia - Abstract
Sol·licitant de l’informe: Gerència de Drets de Ciutadania, Participació i Transparència Podeu consultar La Carta Europea de Salvaguarda dels Drets Humans a la Ciutat a: http://hdl.handle.net/11703/90886
- Published
- 2017
8. 20 de juny : Dia Mundial de les Persones Refugiades
- Author
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Consell Municipal d'Immigració (Barcelona), Associació Catalana per la Integració d'Homosexuals, Bisexuals i Transsexuals Immigrants (ACATHI), Asociación Comisión Católica Española de Migración, Fundació ACSAR, Comissions Obreres del Barcelonès, Comissió Catalana d'Ajuda al Refugiat, Alt Comissariat de les Nacions Unides per als Refugiats, Creu Roja Espanyola, Asociación EXIL, Col·legi d'Advocats de Barcelona, Institut de Drets Humans de Catalunya, Fundació Casa del Tibet, Centre Català del PEN, Associació Respect Refugiados, Consell Municipal d'Immigració (Barcelona), Associació Catalana per la Integració d'Homosexuals, Bisexuals i Transsexuals Immigrants (ACATHI), Asociación Comisión Católica Española de Migración, Fundació ACSAR, Comissions Obreres del Barcelonès, Comissió Catalana d'Ajuda al Refugiat, Alt Comissariat de les Nacions Unides per als Refugiats, Creu Roja Espanyola, Asociación EXIL, Col·legi d'Advocats de Barcelona, Institut de Drets Humans de Catalunya, Fundació Casa del Tibet, Centre Català del PEN, and Associació Respect Refugiados
- Published
- 2011
9. El control migratorio en el Estado constitucional democrático: admisión, visado y expulsión de personas migrantes en el derecho contemporáneo
- Author
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Mayorga Mc Donald, Ramón Víctor, Añón Roig, María José, Marshall Barberán, Pablo Enrique, and Institut de Drets Humans
- Subjects
derecho migratorio ,migraciones ,control migratorio ,UNESCO::CIENCIAS JURÍDICAS Y DERECHO ,derechos humanos - Abstract
El Estado importa cuando se trata de comprender la migración, y los rasgos clave del modelo de Estado constitucional democrático han de reflejarse en la gestión estatal de los flujos migratorios. La juridicidad del diseño e implementación de las políticas de control a la inmigración descansa en dos pilares básicos como son el orden jurídico internacional y el derecho constitucional, que han de aterrizarse en los distintos niveles en que se despliega el control migratorio. No puede decirse que exista política migratoria sin control, contando los Estados con un conjunto de competencias robustamente reconocidas a nivel internacional, aunque paulatina y progresivamente reguladas y limitadas por un cada vez más sólido “derecho humano a migrar”. A su vez, la legitimidad del control migratorio descansa en la autodeterminación política del pueblo, y está condicionada a un ejercicio calificado, en el marco de un sistema de fronteras “porosas”. The State matters when we try to understand immigration, and the key features of the constitutional democracy must be reflected in State management of migratory flows. The legality of design and implementation of immigration control policies rests on two basic supports: international law and constitutional law. It is not possible to say that there is an immigration policy without immigration control. The States have competencies robustly recognized at the international law, although they are gradually regulated and limited by an increasingly strong “human right to migrate”. In turn, the legitimacy of migration control rests on the political self-determination of peoples, and it is conditioned to a qualified exercise, in a system of "porous" borders.
- Published
- 2023
10. Pueblos Indígenas, Derechos Humanos y Actividades Extractivas en Ecuador
- Author
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Núñez Ávila, María Dolores, Esteve Moltó, José Elías, and Institut de Drets Humans
- Subjects
captura corporativa ,triángulo de hierro ,UNESCO::CIENCIAS JURÍDICAS Y DERECHO ,derechos humanos ,pueblos indígenas ,actividades extractivas - Abstract
Los pueblos indígenas en Ecuador a lo largo de la historia han empleado distintos mecanismos de resistencia e incluso de rehuir del contacto con la población dominante, como en el caso de los pueblos indígenas en aislamiento Tagaeri y Taromenane. La historia ecuatoriana y la historia de las poblaciones indígenas en Ecuador ha sido condicionada por los distintos modelos de Estado-Nación, como también por los modelos de desarrollo y de continuidad de las prácticas coloniales en territorio indígena. A raíz del boom petrolero, la geopolítica ecuatoriana cambió drásticamente con el ingreso de actores transnacionales, como también del endeudamiento público con instituciones financieras internacionales que dieron paso una etapa neoliberal y de reajuste estructural. Posteriormente, los resultados del sobreendeudamiento, las políticas neoliberales, las distintas reformas normativas y la era Texaco, llevaron al primer levantamiento nacional indígena denominado Inti Raymi. A partir de este suceso los pueblos indígenas empezaron a tener mayor participación política hasta obtener uno de los mayores triunfos para el movimiento mediante la Constitución de 2008. La Constitución de 2008 permitió una esfera de esperanza por el reconocimiento del Estado ecuatoriano dentro del modelo Plurinacional, la naturaleza como sujeto de derechos e incluso el avance en materia de derechos colectivos de los pueblos indígenas. Sin embargo, el fortalecimiento de la marea rosa en el país ocasionó mediante el progresismo la imposición de prácticas hegemónicas que debilitaron el movimiento indígena y ampliaron las fronteras extractivas en los territorios ancestrales. En este contexto, el boom de las commodities y el ocaso petrolero abrió paso a los proyectos megamineros y contó con la participación de empresas canadienses y chinas. El gobierno ecuatoriano, en búsqueda de contrarrestar las dinámicas Norte-Sur, declaró la moratoria a la deuda externa y encontró en China un nuevo agente de financiamiento. Con el paso de los años, el progresismo se encaminó a buscar formas de desarrollo enfocadas en las reformas legales, petroleras y mineras para atraer a la inversión extranjera, instaurando el Consenso de Beijing en el país. Las Relaciones entre China y Ecuador han sido cuestionadas e incluso señaladas como capital corrosivo en el marco del triángulo de hierro, por el fortalecimiento de las empresas trasnacionales en el país. Los proyectos extractivos en territorio indígena, la criminalización de los actores sociales, como también la persecución a organizaciones en defensa de los derechos humanos, como del medioambiente, han llevado a cuestionar el papel del Estado ecuatoriano en la protección de los derechos humanos en el marco de su jurisdicción. A prima facie la balanza parecería inclinarse a favor de la seguridad jurídica de la inversión extranjera. No obstante, este trabajo de investigación ha buscado realizar un estudio enfocado en el proceso de captura corporativa y del cómo un país con una economía primaria puede ser influenciado por el capital transnacional; todo esto en el marco de las obligaciones en materia de derechos humanos del Estado ecuatoriano y de la falta de responsabilidad internacional de las empresas transnacionales por violaciones a los derechos humanos y el medioambiente en territorio indígena. The indigenous peoples in Ecuador throughout history have utilized various resistance mechanisms, including avoiding contact with the dominant population, as in the case of the isolated Tagaeri and Taromenane indigenous peoples. The history of Ecuador and its indigenous populations has been shaped by different models of nation-state, as well as by models of development and the continuation of colonial practices in indigenous territories. As a result of the oil boom, Ecuador's geopolitical situation underwent a drastic change with the entry of transnational actors and public indebtedness to international financial institutions, which ushered in a neoliberal and structural adjustment period. Subsequently, the results of over-indebtedness, neoliberal policies, different normative reforms, and the Texaco era led to the first national indigenous uprising called Inti Raymi. Following this event, indigenous peoples began to have greater political participation, eventually achieving one of the movement's greatest victories through the 2008 Constitution. The 2008 Constitution brought hope through the recognition of the Ecuadorian state within the Plurinational model, nature as a subject of rights, and advances in collective rights for indigenous peoples. However, the strengthening of the pink tide in the country resulted in the imposition of hegemonic practices that weakened the indigenous movement and expanded extractive frontiers in ancestral territories. In this context, the commodities boom and the decline of oil led to the emergence of mega-mining projects, which involved Canadian and Chinese companies. The Ecuadorian government, seeking to counteract North-South dynamics, declared a moratorium on external debt and found a new financing agent in China. Over time, progressivism focused on legal, oil, and mining reforms to attract foreign investment, instituting the Beijing Consensus in the country. Relations between China and Ecuador have been questioned and even accused of corrosive capital in the context of the iron triangle, as transnational companies have strengthened their presence in the country. Extractive projects in indigenous territories, the criminalization of social actors, and persecution of human rights and environmental defenders have raised questions about the role of the Ecuadorian state in protecting human rights within its jurisdiction. At first glance, the balance seems to favor the legal security of foreign investment. Nevertheless, this research aims to focus on the process of corporate capture and how a country with a primary economy can be influenced by transnational capital, all within the framework of the Ecuadorian state's human rights obligations and the lack of international responsibility of transnational corporations for human rights and environmental violations in indigenous territories.
- Published
- 2022
11. El trabajo doméstico: Un análisis jurídico a la luz del paradigma internacional del trabajo decente
- Author
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Lenzi, Olga, Cardona Rubert, María Belén, Goerlich Peset, José María, and Institut de Drets Humans
- Subjects
trabajo doméstico ,trabajo docente ,objetivos de desarrollo sostenible ,UNESCO::CIENCIAS JURÍDICAS Y DERECHO ,derechos humanos - Abstract
En los últimos años, como consecuencia de factores tales como la incorporación masiva de la mujer al mercado de trabajo, la escasez de políticas públicas encaminadas a favorecer la conciliación de la vida laboral y familiar y el envejecimiento de la población, se ha producido un “resurgimiento” del trabajo doméstico. Pese a su esencialidad para el correcto funcionamiento de la economía, paradójicamente, este sigue siendo una de las actividades más precarias y vulnerables del mercado de trabajo. Son las peculiaridades propias del sector las que hacen del trabajo doméstico una actividad caracterizada por la explotación, la invisibilidad y el aislamiento. Los componentes domiciliario – al ser desarrollado en un hogar familiar, entre paredes – y fiduciario – la exigencia de lealtad y buena fe de la trabajadora respecto de la familia – contribuyen en la consideración del mismo como un “no-trabajo”. El trabajo doméstico presenta, por tanto, un enorme déficit de trabajo decente. Este concepto fue utilizado por primera vez por la Organización Internacional del Trabajo en 1999, y quiere hacer referencia a un “trabajo productivo” desempeñado “en condiciones de libertad, igualdad equidad y seguridad humana”. En junio de 2011, la Conferencia Internacional del Trabajo adoptó el tan esperado Convenio núm. 189 sobre el trabajo decente para las trabajadoras y los trabajadores domésticas y su homónima Recomendación núm. 201. Al momento, son éstos los únicos instrumentos internacionales que contienen la expresión “trabajo decente”, no solo en su preámbulo y articulado, sino también en su propio título, lo que demuestra la importancia de reconocerle a este colectivo un conjunto mínimo de derechos que respeten su dignidad humana. La configuración del concepto de trabajo decente ha resultado ser esencial para el reconocimiento del trabajo doméstico en el mundo. De manera que, la presente investigación se centrará en la relevancia social y jurídica de éste concepto en el marco de una relación laboral que durante años ha quedado, total o parcialmente, excluida de las normas tanto internacionales como nacionales. Así las cosas, a fin de contribuir en el debate de la promoción del trabajo decente para las trabajadoras domésticas, se ha decidido estructurar la presente tesis doctoral en dos bloques. Por una parte, se ahondará en el paradigma internacional del trabajo decente. Por otra parte, se analizarán el Convenio núm. 189 y la Recomendación núm. 201, en cuanto normas mínimas necesarias para lograr un trabajo doméstico decente en todo el mundo.
- Published
- 2022
12. Materialización de valores democráticos en España en el contexto de las elecciones europeas 2019
- Author
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Bandera López, Noel, Viciano Pastor, Roberto, and Institut de Drets Humans
- Subjects
elecciones europeas ,UNESCO::CIENCIA POLÍTICA ,democracia ,transparencia ,capitalismo ,partidos políticos ,informativos ,pluralismo ,agenda - Abstract
La investigación, con financiación pública a través de la FPU (Formación de Profesorado Universitario), tiene como objetivo nuclear analizar el grado de democracia en España en los meses previos y posteriores a unas elecciones, al Parlamento Europeo en 2019, fundamentalmente en el ámbito de los partidos políticos y los medios de comunicación. Con visión holista, metodologías multidisciplinares y enfoque democratizador. El periodo evaluado incluye la mayor concentración electoral de la historia de España. El grueso de los datos recabados se refiere a la primera mitad de 2019, habiendo en algunos casos un seguimiento desde 2017-2018 hasta 2021-2022. Además de presentar estudios sobre la situación de los dos principales tipos de actores concernidos y las particularidades de estos comicios, con baja implicación mediática, política y popular, el marco teórico recopila informes relacionados con calidad democrática en España, con, mayormente, retrocesos relativos a lo largo de la década, e introduce el sistema capitalista que determina lo demás, siguiendo en especial la escuela de la economía política de la comunicación. El trabajo se desglosa en diez apartados, con diez metodologías y diez conjuntos de resultados, que muestran una agrupación por bloques ideológicos en el discurso de los partidos respecto al sistema político: diagnóstico y propuestas; un suspenso de todas las candidaturas en prácticas democráticas, con UP y Compromís obteniendo los datos menos negativos, mientras PSOE, PP y Junts registran los peores; escasísimo pluralismo mediático y gran paralelismo partidista, corroborándose los graves efectos que la concentración mediática tiene para la diversidad y el derecho a estar informado, tratando temas diametralmente alejados de los que preocupan a la ciudadanía, según las cifras del CIS, observándose reducidas diferencias entre los informativos de La1 y Tele5, tertulias de RTVE, Atresmedia y Mediaset y las portadas de los 6 principales diarios de papel, con un generalizado maltrato a determinadas opciones (básicamente, izquierda e independentismo) y dirección favorable a PSOE, PP y C´s; en el balance de Twitter y Facebook entre 2018 y 2021, El País consolida su liderazgo en seguidores y porcentualmente sobresalen en Twitter Ctxt, ElDiario, Infolibre, ABC y en mayor medida OKDiario. Destaca el crecimiento en redes del PSOE y en especial Vox; se constata la nula rendición de cuentas e interactividad de 9 de 10 medios seleccionados y de los partidos, con excepciones incompletas; se aprecia una relación proporcional entre el número de apariciones mediáticas de los candidatos y su resultado; de las 12 encuestas registradas, ninguna dio una explicación detallada del método de estimación (sólo 1 dio una explicación parcial, el CIS) y 5 publicaron la ficha técnica completa; por último, la iniciativa legislativa popular sigue como herramienta muy subsidiaria, ninguneada por el redactor constitucional, el Congreso y gran parte de la doctrina. El cuerpo del trabajo es 300 páginas, complementadas por cuatro anexos que detallan los datos brutos obtenidos, pues la tesis aporta una enorme y diversa cantidad de información y pretende ser guía de la (falta de) calidad democrática en partidos y medios, especialmente en 2019. Se basa en una innovadora propuesta metodológica, siendo su centro los 5 ámbitos de evaluación de la materialización de valores democráticos en partidos políticos: transparencia, confección del programa, elección de candidatos, financiación e interactividad y rendición de cuentas.
- Published
- 2022
13. La regulación de la protección animal en diferentes ámbitos territoriales nacionales. Especial atención a Europa y Latinoamérica
- Author
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Ortolá Seguí, M. Mercedes, Ramón Chornet, Consuelo, and Institut de Drets Humans
- Subjects
ley ,CIENCIAS JURÍDICAS Y DERECHO::Derecho internacional::Otras [UNESCO] ,CIENCIAS JURÍDICAS Y DERECHO [UNESCO] ,protección ,animal ,UNESCO::CIENCIAS JURÍDICAS Y DERECHO ,directivas ,UNESCO::CIENCIAS JURÍDICAS Y DERECHO::Derecho internacional::Otras - Abstract
En las últimas décadas se ha producido un cambio importante de paradigma en el ámbito de la protección animal, demandando leyes más acordes con la actualidad. En este sentido diferentes países, tanto del entorno europeo como latinoamericano han modificado sus códigos civiles reconociendo a los animales como seres dotados de sensibilidad. Aun así, pese a este reconocimiento y los avances científicos, animales silvestres y marinos parecen quedar fuera de toda protección al ser considerados cazables o simples recursos, en las que no existe una norma internacional que reconozca derechos a los animales, habida cuenta que la Declaración Universal de Derecho Animal es una simple declaración de intenciones sin ningún efecto jurídico. Otras normas como el Convenio CITES que regula el tráfico de vida silvestre ha demostrado su ineficacia, más que regular debería prohibir. Otro sector, como es la industria agroalimentaria regula el bienestar animal del sector, destinado más concretamente a la sanidad pública, dado que aunque se establezcan estándares de bienestar animal en esta industria mayoritariamente no se cumple, más teniendo en cuenta la proliferación de macrogranjas como una industria más, en la que miles de cabezas de ganado de diferentes especies conviven 24 horas al día encerradas. Sin embargo, son los tribunales los que a través de la interpretación de las normas han puesto en énfasis tanto el maltrato que sufren los animales a manos del hombre como la destrucción sistemática de ecosistemas y su biodiversidad, advirtiendo de la necesidad de su protección ya que la vida del propio ser humano dependen de la conservación de nuestros entornos y su biodiversidad.
- Published
- 2022
14. Mecanismos internacionales de lucha contra la amenaza terrorista y el yihadismo: los instrumentos de cooperación mundial y el recurso a la jurisdicción penal internacional
- Author
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Delgado Correcher, Rita, Ramón Chornet, Consuelo, and Institut de Drets Humans
- Subjects
CIENCIAS JURÍDICAS Y DERECHO [UNESCO] ,terrorismo ,UNESCO::CIENCIAS JURÍDICAS Y DERECHO ,derechos humanos ,derecho internacional penal - Abstract
El fenómeno del terrorismo es tan antiguo como la historia de la humanidad. Sin embargo, los atentados del 11-S plantearon una amenaza de una categoría nueva, que no encajó fácilmente en la definición clásica de terrorismo como acto criminal que se persigue en el marco de un sistema penal interno. Desde entonces, el terrorismo, pero también las medidas adoptadas para enfrentarse a este fenómeno, han ido adquiriendo unos rasgos especiales, alterando buena parte de las reglas básicas del Derecho internacional. Así pues, en los albores del siglo XXI, la irrupción del yihadismo global y la amenaza inherente a éste ocasionaron que los esfuerzos estatales por combatirlo se centraran, primordialmente, en la seguridad. A nuestro parecer, esta securitización e hipermilitarización de la lucha contra el terrorismo ha eclipsado el papel que el Derecho internacional podría desempeñar como parte de la estrategia antiterrorista. Uno de los retos principales de esta tesis es demostrar que el desarrollo de los instrumentos de cooperación mundial en asuntos penales y las respuestas de justicia penal internacional podría contribuir a prevenir y reprimir el terrorismo. En este sentido, pretendemos sumarnos a las reflexiones sobre la esterilidad del recurso sistemático a la fuerza en el contexto de la lucha contra el terrorismo y su efecto corrosivo en los pilares básicos del Derecho internacional, y contribuir de alguna manera a la autocrítica necesaria para construir una estrategia de justicia penal útil y contundente destinada a combatir las nuevas manifestaciones de esta escurridiza y camaleónica lacra, garantizando el pleno respeto a los derechos humanos y a las garantías arraigadas en el Estado de Derecho. Al mismo tiempo, no nos parece suficiente con plantear la necesidad de mejorar los mecanismos existentes y valorar algunas propuestas cuya consecución dependerá, en todo caso, de la voluntad política de los gobiernos o la falta de ella, sino que consideramos pertinente auditar la forma en que algunos mecanismos de cooperación mundial en asuntos penales o vías de justicia penal internacional pueden ser integrados y utilizados, en su actual configuración, como parte de la estrategia global de lucha contra el terrorismo: la persecución de los actos de terrorismo como delitos definidos en los convenios sectoriales ante los tribunales nacionales, a través de la efectiva implementación de la obligación de extraditar o juzgar (aut dedere aut judicare) inserta en los mismos; y la persecución de los actos de terrorismo a través de la jurisdicción complementaria de la CPI cuando éstos satisfagan los elementos constitutivos de los crímenes de la competencia de la Corte, a saber: el crimen de genocidio, los crímenes contra la humanidad, los crímenes de guerra y el crimen de agresión. En este sentido, encontramos que el principal reto que debemos afrontar no es la falta de herramientas de justicia penal, sino la ausencia de voluntad política genuina por aplicarlas.
- Published
- 2021
15. Financiación del terrorismo internacional y su incidencia en la seguridad y la defensa
- Author
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Antúnez Olivas, María Inmaculada, Ramón Chornet, Consuelo, and Institut de Drets Humans
- Subjects
seguridad y defensa ,terrorismo internacional ,yihadismo ,CIENCIAS JURÍDICAS Y DERECHO [UNESCO] ,UNESCO::CIENCIAS JURÍDICAS Y DERECHO ,traficantes de personas - Abstract
La tesis formula con precisión los objetivos concretos de la investigación: por un lado, análisis de las fuentes de financiación del terrorismo yihadista y los medios legales para identificar los canales de financiación y ponerles fin; por otro, los medios militares y policiales en la lucha contra este tipo de terrorismo. Con carácter previo, la tesis analiza el perfil del grupo terrorista en que se centra prioritariamente y muestra el importante papel que las tecnologías de la información y la globalización económica han jugado en el origen y crecimiento de la capacidad de acción de estos grupos. La relevancia y actualidad del tema son indiscutibles. El terrorismo global sigue siendo una amenaza grave por la mayoría de países europeos, incluida España e impedir su financiación sigue siendo un desafío. Es un tema sobre el que existe una abundante bibliografía, pero la tesis no sólo ofrece la necesaria actualización del tema sino que también aporta una visión novedosa, consecuencia del enfoque metodológico adoptado y de mismo perfil profesional de la autora, que le otorga una interesante dimensión práctica. Los objetivos de esta tesis doctoral se dirigen a conocer en profundidad las fuentes de financiación del terrorismo internacional, especialmente yihadista, así como todas las iniciativas legales que pretenden contrarrestar sus efectos, así como las medidas policiales y militares desplegadas para luchar contra sus protagonistas. El interés reside en tratar de poner de manifiesto que la capacidad de prevenir el terrorismo, mediante la lucha contra el blanqueo y la financiación del terrorismo, tanto desde la perspectiva individual de los Estados, como en el marco de acciones conjuntas en el seno de las principales organizaciones internacionales (ONU, OTAN, UE...) es un aspecto clave de la lucha mundial contra el terrorismo. Conviene tener en cuenta, asimismo, que el lavado de activos y la financiación del terrorismo socavan los intereses políticos y económicos de los Estados y suponen una grave amenaza para la seguridad nacional. La investigación llevada a cabo analiza, en esencia, el origen de las fuentes de financiación del actual terrorismo internacional yihadista, los mecanismos legales para contrarrestar sus efectos y los medios policiales y militares para atacar a sus protagonistas y evitar que su imperio se extienda más allá de sus fronteras locales. Se trata, a mi juicio, de un objetivo del máximo interés académico, y que va más allá del mero análisis teórico para explorar su aplicación práctica. Este análisis permite, de un lado, identificar las principales limitaciones del marco jurídico internacional vigente, y, de otro, proponer ciertas medidas para corregirlas. La tesis establece unos objetivos claros y precisos en un tema complejo como es todo lo relacionado con la financiación del terrorismo internacional, cuestión que es de sumo interés, pues como se sabe sigue estando presente en la sociedad internacional como nos lo demuestran los acontecimientos recientes. Para tratar este tema, el enfoque empírico-sociológico de la metodología empleada analiza los diferentes procesos acaecidos en los últimos tiempos en la eliminación del terrorismo, como ha sido el caso del denominado Estado Islámico, así como el trato que ha recibido en las diversas Organizaciones Internacionales tanto regionales, como la OTAN o universales como es el caso de las Naciones Unidas. La investigación realizada ha llevado a la obtención de unos resultados de sumo interés, pues demuestra cómo la comunidad internacional ha reaccionado con los diversos medios que tiene a su disposición, bien sea recurriendo a la fuerza o por otros medios como son los económicos, los embargos etc., etc. My extensive professional career in the Armed Forces gives an empirical-sociological methodological approach on my Thesis, given that I am not trained as a jurist but I do as an economist and military officer. This methodological approach is appropriate to provide an original vision to the analysis of the issues under study. Secondly, the subject of my thesis is highly topical, being one of the most problematic and difficult issues facing contemporary international law. It is particularly important for Spain, as it is one of the main threats posed by jihadist terrorism. The thesis precisely formulates the specific objectives of the research: on the one hand, analysis of the sources of financing of jihadist terrorism and the legal means to identify the financing channels and put an end to them; on the other hand, the military and police means of and the legal means to identify the financing channels and put an end to them. Prior to this, the thesis analyzes the profile of the terrorist group on which it is primarily focused and shows the important role that information technologies play in the fight against terrorism. The important role that information technologies and economic globalization have played in the origin and growth of these groups' capacity for action. Global terrorism remains a serious threat for most European most European countries, including Spain, and preventing its financing continues to be a challenge. The research carried out analyzes, in essence, the origin of the sources of financing of current international jihadist terrorism, the legal mechanisms to counteract, its effects and the police and military means to attack its protagonists and prevent its empire from extending beyond its local borders, their empire from extending beyond their local borders. Finally, the objectives of this doctoral thesis are aimed at gaining in-depth knowledge of the sources of financing of international terrorism, especially jihadist terrorism, as well as all the legal initiatives aimed at counteracting its effects, and the police and military measures deployed to combat its protagonists. The interest lies in trying to show that the ability to prevent terrorism by combating money laundering and the financing of terrorism, both from the perspective of individual States and in the framework of joint actions within the main international organizations (UN, NATO, EU, etc.) is a key aspect of the global fight against terrorism. It should also be borne in mind that money laundering and the financing of terrorism undermine the political and economic interests of States and pose a serious threat to national security. To sum up, my practical experience in the professional field as a member of the Armed Forces has been key to understanding many of the aspects analyzed. This work achieves a deeper understanding of terrorist financing measures and their impact on security and defense. It contributes to the knowledge of a branch of international law, despite the fact that the training of the doctoral student is not legal, and it addresses a branch of international law.
- Published
- 2021
16. Bloque de poder dominante, Estado de derecho y conflicto en Colombia
- Author
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Jiménez García, Jaime, Esteve Moltó, José Elías, and Institut de Drets Humans
- Subjects
conflicto en colombia ,bloque de poder ,estado de derecho ,CIENCIAS JURÍDICAS Y DERECHO [UNESCO] ,UNESCO::CIENCIAS JURÍDICAS Y DERECHO ,derechos humanos - Abstract
Bloque de poder dominante, Estado de derecho y Conflicto en Colombia señala cómo la ley, como concreción del Estado de Derecho ha sido sistemáticamente desconocida y violada por quienes han detentado el poder desde antes de la república como a lo largo de los 200 años en los que el país adquirió el estatus de ser un territorio soberano e independiente en el que todos los ciudadanos y poderes estarían sometidos al imperio de la ley. Comienza su narración tocando someramente los antecedentes de la independencia de la corona española, luego examinando los elementos esenciales que motivaron las nueve guerras civiles nacionales y los 70 golpes de cuartel y guerras regionales; posterioremente se adentra en el siglo XX, enfatizando en la mutuación que vivió el conflicto colombiano, al aparecer enfrentados dos actores que movilizaron todos los recursos a su alcance en pos de derrotar a su adversario, ello en el marco de la Guerra Fría. El Terrorismo de Estado como principal estrategia de las élites dominantes y la pobreza cultural de la insurgencia que se manifestó en sus contradicciones y en su propia influencia social, determinó que los alternativos fueran derrotados en buena parte. El balance, a la fecha, es un país poseído por el neoliberalismo y la más obscena corrupción, no obstante, la ciudadanía resiste y la ilegitimidad desmorona el cada vez más frágil consenso social.
- Published
- 2021
17. Human Rights and International Trade: Mapping Workers’ Rights under World Trade Organization Rules
- Author
-
Graves, Phillip Webb, La Torre, Massimo, and Institut de Drets Humans
- Subjects
world trade organization ,international labour organization ,international trade ,CIENCIAS JURÍDICAS Y DERECHO [UNESCO] ,international economic law ,workers' rights ,UNESCO::CIENCIAS JURÍDICAS Y DERECHO ,human rights - Abstract
A medida que el mundo primitivo se fue conectando -globalizando- a través de los contactos con otras civilizaciones, comenzó a producirse un intercambio de bienes y tecnologías con diferentes civilizaciones, ya sea a través de la conquista o del comercio. En el siglo XXI el mundo está más conectado que nunca. Los bienes y las tecnologías se intercambian a través de un sistema de comercio mundial bien organizado y regulado entre los Estados nacionales. La Organización Mundial del Comercio (OMC) es una institución sobrenatural que regula el comercio entre sus 164 miembros. Un logro monumental de esta larga marcha de la historia es la aparición de los derechos humanos. Los derechos humanos son derechos que todos los miembros de la especie humana poseen en virtud de su humanidad compartida. Estos derechos están ligados al concepto de la dignidad inherente de un individuo. La expansión de los mercados nacionales en un mercado global condujo a la aparición de las empresas transnacionales, que se expanden y subcontratan a través de la cadena de suministro global a estados anfitriones de menor coste (la mayoría de las veces estados en desarrollo o menos desarrollados) como medio de arbitraje regulatorio, lo que resulta en menores costes de producción y gastos de funcionamiento, lo que a su vez maximiza el valor para los accionistas, a menudo en detrimento de los trabajadores. Las preguntas de investigación de este estudio pueden definirse a grandes rasgos como, en primer lugar, ¿pueden considerarse los derechos de los trabajadores como derechos humanos? En caso afirmativo, ¿pueden y deben vincularse los derechos de los trabajadores como derechos humanos al comercio? Y en caso afirmativo, ¿pueden los derechos de los trabajadores como derechos humanos aplicarse a través del actual sistema de solución de diferencias de la OMC? Este proyecto utiliza un enfoque de investigación interdisciplinar, empezando por el análisis histórico, teórico y filosófico de los derechos en general. Se centra en el desarrollo histórico de los derechos humanos, desde los primeros derechos codificados, pasando por los movimientos que dieron lugar a documentos que limitan el poder del soberano sobre los individuos, hasta el desarrollo de los derechos positivos, que obligan a la acción y no a la inacción. Este análisis procede a identificar sus efectos en la teoría y la práctica del derecho internacional de los derechos humanos contemporáneo, que se basa en el desarrollo y la evolución de los principios y conceptos de derechos, que encarnan los derechos humanos contemporáneos. Las conclusiones y recomendaciones son que los derechos laborales fundamentales, tal y como se definen en la Declaración de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) de 1998 sobre los principios y derechos fundamentales en el trabajo, deberían incluir también los derechos de los trabajadores a un entorno laboral seguro y saludable. El derecho del trabajador a un entorno laboral seguro y saludable debería añadirse a la Declaración de la OIT de 1998, ya que el hecho de que los trabajadores trabajen en condiciones inseguras e insalubres significa que un trabajador no está físicamente seguro. Reconociendo que los derechos laborales fundamentales, tal y como se definen en la Declaración de la OIT de 1998, y la inclusión de los derechos de los trabajadores a un entorno de trabajo seguro y saludable deberían incluirse en los Acuerdos de la OMC, el método más eficaz sería ampliar el artículo XX o crear un anexo adicional a los Acuerdos de la OMC que lo hiciera vinculante para todos los miembros de la OMC, y que en los casos de resolución de disputas que afecten a los derechos de los trabajadores, el panel o la división del órgano de apelación que se ocupe de la disputa consulte con expertos de la OIT para decidir la disputa. Por lo tanto, la cooperación institucional interna es deseable en las disputas relacionadas con el comercio y el trabajo. A pesar de sus logros y sus deficiencias, la OMC ha sido un instituto eficaz en la aplicación de sus normas, aunque hay que reconocer que necesita una puesta a punto. Al reflexionar sobre los derechos de los trabajadores y la organización comercial internacional prevista, quizá sea el momento de promulgar la visión de la Carta de La Habana, incluyendo las normas laborales y la vinculación con la OIT, como un anexo adicional a los Acuerdos de la OMC, o a través de un artículo XX ampliado. La OMC, a pesar de las verdaderas interferencias políticas entre sus miembros, es una institución basada en normas, con un historial de 26 años en la resolución de conflictos entre sus miembros. La OMC debería reformarse, con un anexo y un mecanismo de supervisión de los derechos fundamentales de los trabajadores, en consulta y posible conjunción con la OIT en la resolución de los conflictos de los miembros de la OMC relacionados con dicho anexo o con una lista ampliada de excepciones generales. As the early world become more connected – globalized – through contacts with other civilizations, an exchange of goods and technologies with different civilizations began to take place, either through conquest or trade. In the 21st century the world is more connected than ever before. Goods and technologies are exchanged through a well-organized and regulated world trading system between nation states. The World Trade Organization (WTO) is a supernatural institution, which regulates trade among its 164 members. A monumental achievement of this long march of history is the emergence of human rights. Human rights are rights that all members of the human species possess by virtue of their shared humanity. These rights are linked to the concept of the inherent dignity of an individual. The expansion of national markets into a global market led to the emergence of transnational corporations, which expand and subcontract through the global supply chain to lower cost host states (most often developing or least developed states) as a means of regulatory arbitrage, resulting in lower production costs and operating expenses, which in turn maximizes shareholder value, often to the demerit of workers. The research questions of this study can be broadly defined as, firstly, can worker rights be seen as human rights? If so, can and should worker rights as human rights be linked to trade? And if so, can worker rights as human rights be enforced through the current WTO dispute settlement system? This project uses an interdisciplinary approach in its analysis, starting with the historical, theoretical and philosophical analysis of rights in general. The focus is a historical development of human rights, as measured from the first codified rights, to movements which ushered in documents limiting the power of the sovereign over individuals, to the development of positive rights, which compel action rather than inaction. This analysis proceeds to identify its effects in the theory and practice of contemporary international human rights law, which is grounded in the development and evolution of rights principles, and concepts, which embody contemporary human rights. The Conclusions and recommendations are that fundamental labor rights, as defined in the 1998 International Labour Organization (ILO) Declaration on Fundamental Principles and Rights at Work, should also include worker rights to safe and healthy working environment. The worker right to a safe and healthy working environment should be added to the 1998 ILO Declaration, as workers laboring in unsafe and unhealthy working conditions means that a worker is not physically secure. Recognizing that fundamental labor rights as defined in the 1998 ILO Declaration, and the inclusion of worker rights to safe and healthy working environment should be included in the WTO Agreements, the most effective method would be to expand Article XX or to create an additional annex to the WTO Agreements making it binding among all WTO members, and in instances of dispute settlement involving worker rights, the panel or appellate body division hearing the dispute consult with experts from the ILO in deciding the dispute. Hence, inner-institutional cooperation is desirable on trade/labor related disputes. Notwithstanding its accomplishments and its deficiencies, the WTO has been an effective institute in enforcing its rules, though admittedly, it needs fine tuning. Reflecting on worker rights and the envisioned international trade organization, perhaps now is the time to enact the vision of the Havana Charter, including labor standards, and linkage to the ILO, as an additional annex to the WTO Agreements, or through an expanded Article XX. The WTO, despite the very real political interplays among its members, is a rules-based institution, with a record of 26 years in dispute settlement between its members. The WTO should be reformed, with an annex and mechanism of monitoring of fundamental worker rights, in consultation and possible conjunction with the ILO in settlement of WTO member disputes connected to said annex or an expanded list of general exceptions.
- Published
- 2021
18. Apatridia. Protección internacional y reconocimiento de su estatuto jurídico en España
- Author
-
Hernández Moreno, Ignacio J., Solanes Corella, Ángeles, and Institut de Drets Humans
- Subjects
apatridia ,CIENCIAS JURÍDICAS Y DERECHO [UNESCO] ,nacionalidad ,derechos humanos - Abstract
La apatridia es una vulneración de derechos humanos que afecta a millones de personas en el mundo y a miles en España. No se trata solo del incumplimiento del derecho humano a una nacionalidad, sino de todos los demás que exigen la posesión de una para ser ejercitados en la práctica de forma efectiva. La nacionalidad moderna, entendida como vínculo jurídico entre la persona y el Estado a través del cual este le reconoce derechos y deberes, es una institución que ejerce de frontera, al actuar como elemento clave para delimitar la soberanía personal de aquel Estado. Así, hereda los componentes de inclusión y, a la vez, exclusión de la ciudadanía clásica, a la cual reemplaza. Hoy se entiende por ciudadanía un vínculo político entre aquellas partes, la participación política y el ejercicio pleno de derechos, especialmente de índole política, para lo cual es necesario tener la nacionalidad del Estado en el que pueden ser disfrutados. De esta forma, no hay ciudadanía sin nacionalidad, pero puede haber nacionalidad sin ciudadanía. La importancia de la nacionalidad se proclama en la Declaración Universal de los Derechos Humanos y la carencia de ella es el objeto de dos convenciones internacionales específicas: la Convención sobre el Estatuto de los Apátridas, de 1954, centrada en la protección de apátridas; y la Convención para reducir los casos de apatridia, de 1961, dirigida a evitar la apatridia. Esta debe ser abordada desde cuatro pilares: la identificación y protección de las personas apátridas, y la prevención y reducción de la apatridia. El Estado español ha ratificado las dos convenciones internacionales sobre apatridia de Naciones Unidas, pero existen graves lagunas en algunos de dichos pilares fundamentales. La identificación de apátridas es compleja y las distintas fuentes ofrecen cifras dispares; la protección alterna buenas prácticas con una deficiente protección, especialmente en el caso de solicitantes del estatuto de apátrida y en cuanto al acceso a la nacionalidad española por residencia de las personas reconocidas con dicho estatuto; mientras que la prevención y reducción de la apatridia se ajustan a los estándares internacionales ofreciendo garantías para evitar la apatridia originaria y sobrevenida, aunque existe un margen de mejora. En concreto, este trabajo de investigación propone la reforma del procedimiento actual de reconocimiento del estatuto de apátrida con el fin de garantizar la calidad y efectividad de las solicitudes para obtener dicho estatuto, y para ofrecer una adecuada protección jurídica durante aquel procedimiento que, en definitiva, facilite la integración social de las personas afectadas. Asimismo, y como la protección de una persona apátrida nunca será plena hasta la adquisición de una nacionalidad efectiva, también se propone la reducción del plazo para la adquisición de la nacionalidad española por residencia por parte de las personas apátridas a un término reducido no superior a los dos años.
- Published
- 2020
19. Mujeres migradas, empoderamiento y participación social: Un análisis feminista a través de trayectorias vitales de mujeres latinoamericanas en la ciudad de València
- Author
-
Barbé Villarrubia, María José, Lacomba Vázquez, Joan, and Institut de Drets Humans
- Subjects
UNESCO::SOCIOLOGÍA ,empoderamiento ,SOCIOLOGÍA [UNESCO] ,mujeres migradas ,participación social - Abstract
Mediante la realización de esta tesis doctoral, se pretende compartir algunas de las muchas realidades que sufren las personas migrantes, en particular las mujeres y qué significa realmente para ellas el proceso migratorio en sí mismo. De esta manera, se pretende analizar cuáles han sido las trayectorias vitales de estas mujeres y cuáles han sido sus estrategias de articulación para conseguir una mayor participación en la sociedad civil de recepción, mediante su asociacionismo, con el fin de apoyarse mutuamente y de establecer estrategias conjuntas con el fin de defender sus derechos como trabajadoras, pero sobre todo como mujeres. Es muy importante destacar que, el fenómeno migratorio de las mujeres, en muchas ocasiones, como veremos en el desarrollo de esta tesis doctoral, está vinculado directamente con el trabajo de cuidar a otras personas de forma remunerada una vez llegan a España. Muchas autoras llevan años hablando de la “feminización de las migraciones en el marco de la globalización de los cuidados” (Parella, 2000; Poblet, 2017). La presente tesis doctoral está estructurada en dos grandes bloques: la primera parte, la cual consta de cuatro capítulos, tiene un contenido más teórico, pues contextualiza la investigación. Además de esto, recalco que, en estos apartados, encontramos el desarrollo de las estrategias metodológicas llevadas a cabo, aspecto muy relevante también para mi investigación, ya que no sólo se trata de qué investigar sino de hacer hincapié en cómo investigamos. Por otra parte, el segundo gran bloque de la tesis contiene el análisis de los resultados obtenidos a lo largo del proceso. El primer capítulo dentro de este bloque, desarrolla la exposición y resultados de los relatos de vida realizados, lo que nos permiten poner de manifiesto algunas de las problemáticas compartidas entre las mujeres migrantes entrevistadas. Acogiéndonos a este análisis preliminar, realizamos el siguiente capítulo, que se ocupa de analizar mediante las entrevistas en profundidad y los grupos de discusión que actuaciones se llevan a cabo, desde entidades tanto públicas como privadas para mejorar las vidas de estas mujeres y quienes llevan a cabo las medidas. Para finalizar el apartado de resultados, se expone un capítulo concreto, dedicado al análisis y discusión de los mismos, incluyendo el análisis del trabajo de campo realizado en Ecuador, con el fin de conocer la experiencia y situación de las mujeres ecuatorianas en origen. Esto se debe a que realicé una estancia de tres meses en este país y además los flujos migratorios entre España y Ecuador se mantienen con gran intensidad desde hace años. Por último, se exponen las conclusiones generales y unas reflexiones, que se extraen de la investigación. Through this doctoral thesis, we aim to share some of the many realities suffered by migrants, particularly women, and what the migration process itself really means for them. In this way, it aims to analyse what the life trajectories of these women have been and what their strategies of articulation have been to achieve greater participation in the civil society of reception, through their associationism, in order to support each other and establish joint strategies in order to defend their rights as workers, but above all as women. It is very important to highlight that, on many occasions, the migratory phenomenon of women, as we will see in the development of this doctoral thesis, is directly linked to the work of caring for other people in a paid way once they arrive in Spain. Many authors have been talking for years about the "feminisation of migration in the framework of the globalisation of care" (Parella, 2000; Poblet, 2017). This doctoral thesis is structured in two large blocks: the first part, which consists of four chapters, has a more theoretical content, as it contextualises the research. In addition to this, I would like to emphasise that, in these sections, we find the development of the methodological strategies carried out, an aspect which is also very relevant to my research, as it is not only a question of what to investigate but also of emphasising how we investigate. On the other hand, the second major block of the thesis contains the analysis of the results obtained throughout the process. The first chapter in this block develops the presentation and results of the life stories carried out, which allow us to highlight some of the problems shared by the migrant women interviewed. Based on this preliminary analysis, the next chapter analyses, through in-depth interviews and discussion groups, the actions carried out by public and private entities to improve the lives of these women and those who carry out the measures. To conclude the section on results, a specific chapter is presented, dedicated to the analysis and discussion of the results, including the analysis of the field work carried out in Ecuador, with the aim of finding out about the experience and situation of Ecuadorian women in origin. This is due to the fact that I stayed in this country for three months and that migratory flows between Spain and Ecuador have been very intense for years. Finally, the general conclusions and some reflections, which are drawn from the research, are presented.
- Published
- 2020
20. La justicia restaurativa y la mediación penal como herramienta eficaz de empoderamiento de la mujer y lucha contra la violencia de género
- Author
-
Martínez Correa, Isidoro de la Merced, Martínez García, Elena, and Institut de Drets Humans
- Subjects
justicia ,reparación ,violencia ,empoderamiento ,CIENCIAS JURÍDICAS Y DERECHO [UNESCO] ,restaurativa ,UNESCO::CIENCIAS JURÍDICAS Y DERECHO ,género - Abstract
Este trabajo de investigación pretende abordar las posibilidades de la justicia restaurativa, y más concretamente la mediación, para la reparación a las víctimas de violencia de género. Es sabido que este tipo de violencia es una grave lacra social que tiene gran trascendencia a nivel mundial y consecuencias nefastas, no sólo para la mujer que la padece, sino también para sus hijos e hijas. Pese a que las víctimas reciben atención del Estado, la mujer que ha sufrido maltrato en el ámbito de una relación sentimental con su pareja presenta características y necesidades muy concretas, más allá de la responsabilidad civil derivada del delito y que la diferencia de otro tipo de víctimas. Para una reparación integral deviene necesario un mecanismo que ponga el foco de atención en el empoderamiento de la mujer para que pueda tomar decisiones en la resolución del conflicto, pues esa reparación sólo podría alcanzarse mediante una indagación empática de sus necesidades. El objeto no es otro que analizar las posibilidades de la mediación en conflictos derivados de la violencia de género. Este procedimiento es una vía de solución que puede ser más eficaz y ajustada al caso en concreto que la solución impuesta por un juez. Para llevar a cabo este análisis, el presente trabajo de investigación presenta una estructura que lo divide en tres partes: una primera parte dedicada a dar a conocer la justicia restaurativa y cómo es una de sus herramientas fundamentales: la mediación. Frente a un sistema de justicia que desprende cierto olor a rancio, que viene identificándose con un modelo especialmente represivo acompañado por una expansión del Derecho penal propiciado por sentimientos de miedo e inseguridad que no hace más que inspirar reformas para aumentar el catálogo de delitos, deviene necesario replantearse la cuestión y ubicar un nuevo paradigma de justicia. Ambas, justicia restaurativa y mediación, han sido reconocidas en el ámbito de adultos de forma expresa por primera vez en nuestro ordenamiento jurídico por obra de las Leyes 1/2015, de 30 de marzo, de modificación del Código Penal y 4/2015, de 27 de abril, del Estatuto de la Víctima del delito. Se analiza su naturaleza, características y principios. Pero para hablar de viabilidad de la mediación en violencia de género, resulta imprescindible conocer esta realidad. La segunda parte de la tesis está dedicada al estudio de las causas, factores que contribuyen a que una víctima continúe unida a su agresor, factores de riesgo del maltratador e indicadores de riesgo de la víctima. Identificar los factores intervinientes y mantenedores que predisponen relaciones violentas supone dar un paso en firme y estar más preparados para valorar si una víctima está preparada o no para participar en un procedimiento de mediación. En esta parte también se analizan las razones del legislador para prohibir la mediación en violencia de género que instituyó la LO 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género. Se ofrecen argumentos que parten tanto de las ventajas bajo determinadas condiciones, como aquellos aspectos más espinosos que podrían dificultar esta práctica restaurativa, tomando algunos ejemplos de la situación internacional y comparada. En la tercera y última parte de la tesis, se propone un procedimiento de mediación complementario al proceso penal, tratándose de responder a posibles interrogantes que pueden plantearse ante una hipotética mediación en violencia de género: ¿Qué implementaciones legales serían necesarias para que tenga sentido?, ¿Qué tipo de conflictos son mediables?, ¿Qué fase del proceso penal sería la más adecuada para llevar a cabo un procedimiento de mediación? ¿Cómo se articularía el control del cumplimiento de lo pactado? La presente tesis doctoral pretende formar parte de los esfuerzos instauradores de la cultura de la paz y la resolución pacífica del conflicto en casos de violencia de género muy concretos que no sólo sea una herramienta eficaz para el empoderamiento de la mujer y la lucha contra la violencia de género, sino también un paradigma que viabilice la reflexión y el cambio en los maltratadores para que no repitan actos violentos.
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- 2020
21. Las medidas restrictivas de la Unión Europea y su incidencia en los Derechos Humanos. Estudio del caso de Irán
- Author
-
Vallés González, María, Pozo Serrano, Pilar, and Institut de Drets Humans
- Subjects
garantías jurídicas ,CIENCIAS JURÍDICAS Y DERECHO::Derecho internacional::Otras [UNESCO] ,UNESCO::CIENCIAS JURÍDICAS Y DERECHO::Derecho internacional ,CIENCIAS JURÍDICAS Y DERECHO::Derecho internacional [UNESCO] ,sanciones ,proliferación nuclear ,CIENCIAS JURÍDICAS Y DERECHO [UNESCO] ,UNESCO::CIENCIAS JURÍDICAS Y DERECHO ,derechos humanos ,derecho de la unión europea ,UNESCO::CIENCIAS JURÍDICAS Y DERECHO::Derecho internacional::Otras ,medidas restrictivas - Abstract
La presente tesis doctoral tiene por objeto el estudio de las medidas restrictivas que impone la Unión Europea (UE) contra individuos y entidades. Este instrumento es el reflejo de la evolución de la práctica internacional en materia de sanciones. Durante la década de 1990, conocida como la década de las sanciones, el recurso a medidas coercitivas unilaterales experimentó un notable incremento. Las graves consecuencias humanitarias que su adopción provocó en la población civil derivaron en una evolución hacia el concepto de sanción inteligente. Se pasó de las sanciones generales a los regímenes de medidas restrictivas de carácter selectivo en pro del respeto a los derechos humanos. No obstante, esta práctica sancionadora ha suscitado controversias y se han puesto en evidencia diversos problemas jurídicos. Estas medidas se han convertido en los últimos quince años en una de las piezas fundamentales de la Política Exterior y Seguridad Común (PESC) de la UE. Actualmente, centenares de sujetos y entidades de más de 34 países están siendo objeto de estas sanciones. Dentro del elenco de medidas restrictivas adoptadas por la UE contra diferentes regímenes y organizaciones, la presente investigación se centra en las relativas a la República Islámica de Irán, que han sido consideradas como uno de los regímenes sancionadores más severos adoptados por la comunidad internacional. Las sanciones impuestas contra Irán representan, tal vez, el esfuerzo más completo realizado por la comunidad internacional por diversos motivos: los sectores afectados, el número de entidades y sujetos sancionados, los esfuerzos diplomáticos en su adopción, el levantamiento de las sanciones, etc. Asimismo, es el ejemplo más ilustrativo para la comprensión del poder sancionador de la UE en relación con el disfrute de los derechos humanos de los sancionados y la labor que el TJUE ha realizado al respecto. A partir de la práctica de la UE, tanto de sus instituciones como la de sus Estados miembros y del análisis de la jurisprudencia del TJUE, se estudia el fenómeno de las medidas restrictivas en el ámbito de la UE. La investigación tiene como objetivo analizar el concepto de medida restrictiva, la evolución del marco jurídico de la UE en materia sancionadora y los problemas jurídicos derivados de las repercusiones de las mismas sobre los derechos humanos de los sancionados. Del análisis jurisprudencial se concluye que en la aplicación de las medidas restrictivas existe intrínsecamente una afectación de los derechos fundamentales de los receptores de las sanciones. Los derechos que pueden verse conculcados son tanto de carácter procesal (el derecho de defensa y a la tutela judicial efectiva, afectándose a la obligación de motivación, el derecho a ser oído, a recibir pruebas, acceso a los documentos y la utilización de pruebas secretas y confidenciales) como de carácter sustantivo (derecho al honor, derecho de reparación, derecho de propiedad y al libre ejercicio de una actividad profesional). Los resultados obtenidos de este análisis permiten constatar la existencia de diferencias de apreciación del Tribunal General (TG) y el Tribunal de Justicia (TJ) a tenor de los sectores objeto de la sanción. Los ámbitos más afectados por medidas restrictivas y que han ocasionado una mayor respuesta por parte del TJUE, dada su importancia económica y social en el país persa, son el sector bancario y el sector energético, gasístico y petrolero. Las primeras medidas que fueron objeto de revisión por parte del TJUE respecto a sanciones impuestas contra la República Islámica de Irán y que marcaron la tendencia de situar en una situación preponderante el disfrute de los derechos fundamentales de los sancionados fue en el contexto de la lucha antiterrorista. Si bien es cierto, que se observó un gran número de restricciones al tratarse de materia altamente sensible. Recientemente las medidas adoptadas han tenido como objetivo impedir la financiación de la proliferación nuclear, así como la obstaculización de la utilización de los equipos de la industria petrolera que también son susceptibles de empleo en el ámbito nuclear. En este bloque de medidas, los elementos determinantes han sido los relativos a propiedad y control de las sociedades contra quienes se aplican las sanciones. A lo largo de la investigación se constata una gran evolución legislativa y jurisprudencial en materia de medidas restrictivas y regímenes sancionadores, aunque aún existen lagunas que requieren de una solución, sobre todo, en la utilización de conceptos jurídicamente indeterminados. Estas medidas son útiles y eficaces en la medida en que su adopción se adecue a derecho, y se respeten los derechos de los sancionados tanto en su adopción como en su implementación.
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- 2020
22. Apatridia. Protección internacional y reconocimiento de su estatuto jurídico en España
- Author
-
Hernández Moreno, Nacho, Solanes Corella, Ángeles, and Institut de Drets Humans
- Subjects
apatridia ,CIENCIAS JURÍDICAS Y DERECHO [UNESCO] ,nacionalidad ,UNESCO::CIENCIAS JURÍDICAS Y DERECHO ,derechos humanos - Abstract
La apatridia es una vulneración de derechos humanos que afecta a millones de personas en el mundo y a miles en España. No se trata solo del incumplimiento del derecho humano a una nacionalidad, sino de todos los demás que exigen la posesión de una para ser ejercitados en la práctica de forma efectiva. La nacionalidad moderna, entendida como vínculo jurídico entre la persona y el Estado a través del cual este le reconoce derechos y deberes, es una institución que ejerce de frontera, al actuar como elemento clave para delimitar la soberanía personal de aquel Estado. Así, hereda los componentes de inclusión y, a la vez, exclusión de la ciudadanía clásica, a la cual reemplaza. Hoy se entiende por ciudadanía un vínculo político entre aquellas partes, la participación política y el ejercicio pleno de derechos, especialmente de índole política, para lo cual es necesario tener la nacionalidad del Estado en el que pueden ser disfrutados. De esta forma, no hay ciudadanía sin nacionalidad, pero puede haber nacionalidad sin ciudadanía. La importancia de la nacionalidad se proclama en la Declaración Universal de los Derechos Humanos y la carencia de ella es el objeto de dos convenciones internacionales específicas: la Convención sobre el Estatuto de los Apátridas, de 1954, centrada en la protección de apátridas; y la Convención para reducir los casos de apatridia, de 1961, dirigida a evitar la apatridia. Esta debe ser abordada desde cuatro pilares: la identificación y protección de las personas apátridas, y la prevención y reducción de la apatridia. El Estado español ha ratificado las dos convenciones internacionales sobre apatridia de Naciones Unidas, pero existen graves lagunas en algunos de dichos pilares fundamentales. La identificación de apátridas es compleja y las distintas fuentes ofrecen cifras dispares; la protección alterna buenas prácticas con una deficiente protección, especialmente en el caso de solicitantes del estatuto de apátrida y en cuanto al acceso a la nacionalidad española por residencia de las personas reconocidas con dicho estatuto; mientras que la prevención y reducción de la apatridia se ajustan a los estándares internacionales ofreciendo garantías para evitar la apatridia originaria y sobrevenida, aunque existe un margen de mejora. En concreto, este trabajo de investigación propone la reforma del procedimiento actual de reconocimiento del estatuto de apátrida con el fin de garantizar la calidad y efectividad de las solicitudes para obtener dicho estatuto, y para ofrecer una adecuada protección jurídica durante aquel procedimiento que, en definitiva, facilite la integración social de las personas afectadas. Asimismo, y como la protección de una persona apátrida nunca será plena hasta la adquisición de una nacionalidad efectiva, también se propone la reducción del plazo para la adquisición de la nacionalidad española por residencia por parte de las personas apátridas a un término reducido no superior a los dos años.
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- 2020
23. Implementation of the Comprehensive Approach. Leadership factors that influence the respect of Human Rights and Humanitarian Law
- Author
-
Gravili, Roberto, Serra Cristóbal, Rosario, Flores Giménez, Fernando, Lloret Romero, Nuria, and Institut de Drets Humans
- Subjects
leadership ,CIENCIA POLÍTICA [UNESCO] ,international humanitarian law ,UNESCO::CIENCIA POLÍTICA ,CIENCIAS JURÍDICAS Y DERECHO [UNESCO] ,PSICOLOGÍA [UNESCO] ,SOCIOLOGÍA [UNESCO] ,UNESCO::CIENCIAS JURÍDICAS Y DERECHO ,UNESCO::PSICOLOGÍA ,human rights ,negotiation ,geostrategy ,UNESCO::SOCIOLOGÍA ,human values ,conflict resolution - Abstract
The respect of Human Rights and International Humanitarian Law is linked to conflict resolution and recent experiences show that is not possible to prevent, manage or resolve a conflict only with military means, a Comprehensive Approach is essential and in this context leadership assumes a crucial role. The purpose of this study is to determine the leadership factors influencing the respect of Human Rights and International Humanitarian Law. The first research question focuses on the relevance of the Comprehensive Approach, while the remaining questions examine why it is so difficult to implement it and how its implementation could improve the respect for Human Rights and the cooperation between the various organizations involved. Furthermore, the research will seek to discover the leadership factors that influence the implementation of the Comprehensive Approach. The study is a mixed methods design. In stage one of the research, a preliminary on-line survey was administered to two groups of civilian and military personnel with a return rate of 40 percent using the Cultural Transformation Tools. The survey participants were selected for a semi-structured interview. Based on the results of the survey a focus group was conducted in order to deepen the investigation. Results of the preliminary survey and the analysis done with the focus group were then used to carry out a survey on universal values using the methodology developed by Shalom Schwartz. The study findings suggest that institutional factors and human values play a prevalent role in influencing international leaders decisions on the implementation of the Comprehensive Approach. The rule of law and the application of the law are the basis of any peaceful co existence, but often this is not enough to guarantee peace, as demonstrated by the numerous international conflicts. The comprehensive approach appears to be one of the best methodologies for solving the root causes of conflicts with a multilateral approach, unfortunately even if theoretically it is feasible in practice the difficulties encountered often appear insurmountable. The staff that operates in modern operational scenarios therefore requires human values and skills that go beyond technical and procedural knowledge. Indeed, the staff employed in the implementation of the comprehensive approach can overcome the enormous difficulties deriving from belonging to organizations that differ in structure, organization and objectives only if they share the same human values. The comprehensive approach represents the best existing alternative to an indiscriminate use of force that does not solve the problems underlying conflicts. Respect for human rights allows creating a situation conducive to conflict resolution, while respect for international humanitarian law reduces the level of violence that always accompanies armed conflict. The Human Rights Charter was written not surprisingly at the end of one of the greatest and most disastrous conflicts in humanity and represents the cornerstone on which to build a just society based on respect for the law. However, despite the progress made in their regulatory development, their practical respect appears increasingly difficult. The research identified seven human values as factors of leadership that influence respect for human rights and international humanitarian law during the implementation of the comprehensive approach.
- Published
- 2020
24. El papel del marco jurídico-institucional internacional en la reestructuración de los sistemas de innovación y la migración calificada internacional
- Author
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Pinazo Dallenbach, Julián, Solanes Corella, Ángeles, Delgado Wise, Raúl, Déniz Espinós, José, and Institut de Drets Humans
- Subjects
migración calificada ,CIENCIAS JURÍDICAS Y DERECHO::Derecho internacional [UNESCO] ,DEMOGRAFÍA::Demografía geográfica ::Movilidad y migraciones internacionales [UNESCO] ,CIENCIAS ECONÓMICAS::Economía del cambio tecnológico ::Innovación tecnológica [UNESCO] ,UNESCO::CIENCIAS ECONÓMICAS::Economía del cambio tecnológico ::Innovación tecnológica ,reestructuración de los sistemas de innovación ,UNESCO::CIENCIA POLÍTICA::Sociología política::Derechos humanos ,UNESCO::CIENCIAS JURÍDICAS Y DERECHO::Derecho internacional ,UNESCO::DEMOGRAFÍA::Demografía geográfica ::Movilidad y migraciones internacionales ,patentes ,marco jurídico-institucional internacional ,CIENCIA POLÍTICA::Sociología política::Derechos humanos [UNESCO] ,áreas ctim - Abstract
Partiendo de una visión crítica sobre el derecho y el derecho internacional, esta tesis analiza una doble problemática que reviste particular interés para comprender la dinámica del capitalismo contemporáneo: por un lado, la profunda reestructuración que experimentan los sistemas de innovación en la actualidad, tomando como referente el caso paradigmático de Silicon Valley y, por el otro, el nuevo dinamismo que en el curso de las tres últimas décadas experimenta la migración calificada y, particularmente, aquella que se despliega en dirección sur-norte. En el corazón del argumento subyace la hipótesis de que el marco jurídico-institucional internacional configurado por la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI), la Organización Mundial del Comercio (OMC), el Convenio de París para la Protección de la Propiedad Industrial (Convenio de París), el Tratado de Cooperación en materia de Patentes (TCP), el Acuerdo sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio (Acuerdo ADPIC) y el Tratado sobre el Derecho de Patentes (TDP), legitimaría, regularía y profundizaría el modus operandi del proceso de reestructuración de los sistemas de innovación que se gesta en Silicon Valley. Este proceso, además de posibilitar la aceleración de las dinámicas de innovación mediante la participación de un creciente contingente de fuerza de trabajo calificada proveniente del extranjero formada principalmente en áreas de ciencia, tecnología, ingeniería y matemáticas (áreas CTIM), permitiría la obtención de grandes ganancias extraordinarias por las corporaciones multinacionales, a través de la apropiación y concentración de patentes. La metodología utilizada busca un abordaje holístico y crítico del objeto de estudio, compaginando una metodología propia de la ciencia jurídica con una de las ciencias sociales y particularmente de los estudios críticos del desarrollo. El análisis documental y jurídico de textos normativos, literatura especializada tal como libros, artículos científicos, monografías, doctrina y jurisprudencia, ha permitido alcanzar varias conclusiones, entre las que se destacan las siguientes: - de forma general, podemos afirmar que la hipótesis de investigación ha sido confirmada. Más detalladamente: - en relación al derecho: la normativa, tanto internacional como nacional, es fundamental en el capitalismo contemporáneo para regular los productos del trabajo cognitivo y, por lo tanto, para la reestructuración de los sistemas de innovación y la nueva dinámica de la migración calificada. - con respecto a la reestructuración de los sistemas de innovación y los derechos de propiedad intelectual: el sistema actual de protección de la propiedad intelectual, impuesto por los países centrales (principalmente Estados Unidos) y sus corporaciones, no protege las innovaciones, sino los intereses que hay sobre estas últimas, y la reestructuración de los sistemas de innovación no podría desplegarse y profundizarse hasta el punto actual sin el presente marco jurídico-institucional internacional y la regulación vigente de los derechos de propiedad intelectual. - con respecto al desarrollo y su relación con la propiedad intelectual: los países centrales y sus corporaciones multinacionales están apropiándose del conocimiento, que es clave para el desarrollo de los países. El sistema internacional de propiedad intelectual, lejos de responder a una lógica de derechos humanos, no beneficia a todos los países por igual. - con respecto a la migración, innovación y propiedad intelectual: el fenómeno de la migración calificada contemporánea tiene su razón de ser en el contexto de reestructuración de los sistemas de innovación, la apropiación y cercamiento del conocimiento a través de la normativa internacional en materia de patentes y propiedad intelectual, y la profundización de la división internacional del trabajo a favor de los bienes intensivos en conocimiento controlados por las grandes corporaciones y las principales potencias capitalistas. - respecto a los derechos humanos: son varios los derechos humanos que están siendo vulnerados por la aplicación de la normativa actual de propiedad intelectual. Todas estas conclusiones han ido acompañadas de diversas recomendaciones. Starting from a critical vision of law and international law, this thesis analyzes a double problem that is of particular interest to understand the dynamics of contemporary capitalism: on the one hand, the profound restructuring that innovation systems are currently experiencing, taking as a model the paradigmatic case of Silicon Valley and, on the other, the new dynamism that skilled migration has experienced in the course of the last three decades and, particularly, the one which is deployed in a south-north direction. At the heart of the argument lies the hypothesis that the international legal and institutional framework configured by the World Intellectual Property Organization (WIPO), the World Trade Organization (WTO), the Paris Convention for the Protection of Industrial Property (Paris Convention), the Patent Cooperation Treaty (PCT), the Agreement on Trade-Related Aspects of Intellectual Property Rights (TRIPS Agreement) and the Patent Law Treaty (PLT), would legitimize, regulate and deepen the modus operandi of the process of restructuring of innovation systems that is taking place in Silicon Valley. This process, in addition to facilitating the acceleration of innovation dynamics through the participation of a growing contingent of skilled workforce from abroad formed mainly in the fields of science, technology, engineering and mathematics (STEM fields), would allow obtaining large extraordinary profits by multinational corporations, through the appropriation and concentration of patents. The methodology used seeks a holistic and critical approach to the object of study, combining a methodology typical of the legal science with one of the social sciences and particularly the critical development studies. The documentary and legal analysis of normative texts, specialized literature such as books, scientific articles, monographs, doctrine and jurisprudence, has allowed for reaching several conclusions, among which we can highlight the following: - in general, we can affirm that the research hypothesis has been confirmed. More in detail: - in relation to law: regulations, both international and national, are fundamental in contemporary capitalism to regulate the products of cognitive work and, therefore, for the restructuring of innovation systems and the new dynamics of skilled migration. - regarding the restructuring of innovation systems and intellectual property rights: the current system of protection of intellectual property, imposed by central countries (mainly the United States) and their corporations, does not protect innovations, but interests about the latter, and the restructuring of innovation systems could not be deployed and deepened to the current point without the present international legal and institutional framework and the current regulation of intellectual property rights. - regarding development and its relationship with intellectual property: central countries and their multinational corporations are appropriating knowledge, which is key to the development of the countries. The international intellectual property system, far from responding to a human rights logic, does not benefit all countries equally. - regarding migration, innovation and intellectual property: the phenomenon of contemporary skilled migration has its reason for being in the context of the restructuring of innovation systems, the appropriation and enclosure of knowledge through international regulations on patents and intellectual property, and the deepening of the international division of labor in favor of knowledge-intensive goods controlled by large corporations and the main capitalist powers. - regarding human rights: there are several human rights, like the right to development, the right to health or the right to human mobility, that are being violated by the application of current intellectual property regulations. All these conclusions have been accompanied by various recommendations.
- Published
- 2020
25. La educación en derechos humanos en los materiales curriculares de la primera infancia
- Author
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Martínez Bello, Vladimir Essau, Pérez Salom, José Roberto, and Institut de Drets Humans
- Subjects
educación infantil ,formación del profesorado ,educación en derechos humanos ,CIENCIAS JURÍDICAS Y DERECHO [UNESCO] ,PEDAGOGÍA [UNESCO] ,UNESCO::CIENCIAS JURÍDICAS Y DERECHO ,materiales curriculares ,UNESCO::PEDAGOGÍA - Abstract
La presente tesis doctoral está elaborada desde una mirada interdisciplinaria, en la que se combinan aproximaciones del Derecho Internacional, el Derecho Internacional de los Derechos Humanos, la Sociología, la Antropología, las Ciencias de la Educación y la formación del profesorado. La perspectiva global que asume esta tesis tiene el propósito de comprender la forma en virtud de la cual la educación en derechos humanos permea los procesos de enseñanza-aprendizaje en las escuelas y, de esta forma, contribuir al desarrollo de una relación cada vez más estrecha de las disciplinas anteriormente mencionadas. La doctrina ha señalado tres grandes dimensiones sobre las que se ha construido el concepto de educación en derechos humanos: la educación “acerca” de los derechos humanos”, la educación “a través” de los derechos humanos y la educación “en” derechos humanos . Estas tres dimensiones son interdependientes, complementarias y buscan en todos los casos garantizar la formación integral de las niñas y niños . De esta forma, la presente tesis doctoral está centrada en analizar cómo se representa la educación en derechos humanos en libros de texto españoles para la primera infancia. En otras palabras, como un material curricular utilizado con gran entusiasmo en las aulas infantiles representa de manera explícita e implícita, a través de un análisis de contenido cuantitativo y un análisis cualitativo, la educación ens derechos humanos. En la presente tesis se utilizará el concepto de empoderamiento para centrar el debate en que una educación en derechos humanos contemporánea solo puede ser entendida como un proceso de enseñanza-aprendizaje, donde la infancia es una categoría social definida y distinta, la cual debe ser entendida como partícipe activa en la construcción de sus intereses, necesidades y derechos. Si la educación en derechos humanos es una educación hacia el empoderamiento, el análisis debe centrarse primero en cómo los derechos humanos son enseñados, transmitidos y vividos en las aulas escolares. Sin embargo, en aras de comenzar un debate en el marco de temáticas fundamentales para la vida escolar, pero que solo pueden ser comprendidos a través de distintas perspectivas, el objetivo de la tesis doctoral es centrar el análisis en los libros de texto ampliamente utilizados en las aulas de educación infantil y que se convierten en un vehículo de transmisión de conocimientos, valores y prácticas curriculares. Como aseguran distintos autores , la educación en derechos humanos, en términos de investigación, se encuentra en una fase de formación inicial entre la teoría y su interacción con otros discursos que se hacen presentes en el aula educativa. El desarrollo de un diálogo más cercano entre la educación en derechos humanos y otras áreas de la educación como en este caso, la Teoría Crítica y su ejercicio en el aula de Educación Infantil, contribuirá a aclarar los valores y conceptos, así como a identificar contradicciones y tendencias superficiales. Este es por tanto, el marco en el que se inscribe la presente tesis doctoral. El propósito de esta tesis doctoral es recuperar bajo un mismo manto la noción fundamental del papel que juega el Derecho en la construcción de tres conceptos básicos: la infancia, la Escuela y la educación en derechos humanos. Tal y como se verá a lo largo de esta tesis doctoral, el Derecho tiene la función de definir qué es la infancia, porque las ideas referentes a los derechos de las niñas y los niños que provienen de un entorno socio-jurídico, lo explicitan de manera clara. En muchas ocasiones, como por ejemplo, con la proclamación de la Convención sobre los Derechos del Niño de 1989, el Derecho reforzó la identidad autónoma y la capacidad de empoderamiento de la infancia, y en consecuencia, reconoció derechos que antes habían pasado desapercibidos, como por el ejemplo el derecho a conocer que se tienen derechos. Este último hecho fue promovido y reforzado por el Derecho, y condicionó una representación alternativa de la infancia. Respecto a la Escuela, se analizará de qué forma el Derecho hace suyos muchas veces los aportes de los teóricos críticos y, cómo este en contrapartida, posiciona al Sistema Escolar en el marco del Sistema Mundial de educación en derechos humanos, también desde una visión alternativa de cuáles son sus propósitos y acciones en un mundo que intenta disminuir la situaciones de desigualdad e injusticia social. Y en todo este proceso circular, se estudiará cómo el Derecho tiene el potencial de señalar qué es la educación en derechos humanos posicionando a la infancia como fin último sobre una estructura conocida como Escuela. En otras palabras, se considera que los resultados y las interpretaciones de esta tesis doctoral tendrán la capacidad de ofrecer al profesorado de las escuelas una herramienta para reconocer su función docente desde parámetros creados y consolidados en el Derecho, muchas veces difíciles de comprender, pero al mismo tiempo, obligatoriamente útiles en la formación integral de las niñas y los niños. Por otra parte, esta tesis doctoral también tendrá la capacidad de ofrecer a quienes crean y ejecutan el Derecho, una interpretación complementaria que sirva para acercarse al papel de la Escuela en general, y en particular al papel del profesorado, en virtud de los lineamientos teóricos críticos con el propósito de poner de relieve que el ejercicio de los derechos no solo está sujeto a grandes y profundas reflexiones filosóficas, procesos no obstante de indudable importancia, sino al día a día en el marco de procesos educativos como puede ser el uso de los materiales curriculares en la primera infancia. En definitiva, la infancia, la Escuela, y el Derecho, forman una amalgama que se ha construido a lo largo de los años, pero que gracias a la educación en derechos humanos nos da la oportunidad de seguir construyendo y criticando nuestras propias prácticas curriculares en las aulas de Educación Infantil.
- Published
- 2019
26. Efectividad de los derechos sociales. España y Paraguay desde la perspectiva del comité de derechos económicos, sociales y culturales de Naciones Unidas
- Author
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Escobar Carísimo, Ariana María, Añón Roig, María José, and Institut de Drets Humans
- Subjects
CIENCIAS JURÍDICAS Y DERECHO [UNESCO] ,UNESCO::CIENCIAS JURÍDICAS Y DERECHO ,derechos humanos ,derechos sociales - Abstract
El reconocimiento de los derechos sociales como derechos fundamentales mínimos subordinados y alejados de los fines del Estado supone una interpretación difícil de sostener cuando se la enfrenta al análisis en los términos de razones de justicia social. La idea minusvalorada de los derechos sociales que los concibe como pretensiones de difícil realización, así como la exigibilidad de esta categoría plantea interrogantes que son abordadas de forma esquematizada en cada uno de los capítulos de la tesis con la intención de obtener respuestas que de manera concatenada podrían aproximar la investigación a los objetivos trazados. De esta manera, las interrogantes planteadas se dirigen a los siguientes temas: las razones que fundamentan el carácter subjetivo de los derechos sociales; la relevancia del carácter fundamental de los derechos sociales a través de la nivelación de sus dimensiones objetiva y subjetiva; la determinación de elementos teóricos necesarios para un concepto del derecho subjetivo acorde a la efectividad de los derechos sociales; la exigibilidad de los derechos sociales en orden a las teorías de las garantías; el régimen jurídico–político de los derechos sociales en el español y el paraguayo; los sistemas de garantías dispuestos en España y Paraguay para la garantía de los derechos sociales; la posibilidad de la interpretación unitaria de las obligaciones de derechos en el sistema jurídico–político español; la posibilidad de la interpretación unitaria de las obligaciones de derechos en el sistema jurídico–político paraguayo; la posibilidad de implementación del control de convencionalidad de los instrumentos internacionales en vigor en el sistema jurídico paraguayo; la valoración de la doctrina del sistema universal en la interpretación, aplicación y supervisión de los derechos sociales; y, por último, la supervisión por el comité DESC de la implementación de derechos sociales en España y Paraguay. Tras señalar las cuestiones que se analizan conviene dejar en claro que a lo largo del trabajo se busca de manera principal responder a las interrogantes planteadas a partir de los medios jurídicos e institucionales existentes desde una mirada constructiva y amplia de sus garantías. Por tanto, lo que se procura con ello vendría a aportar al campo de la utilización de los recursos existentes y poder establecer criterios que amplíen la efectividad de los derechos sociales desde la óptica de que se encuentran dadas las condiciones para ello. Sin embargo en el estudio no se abandona el hecho de señalar elementos ausentes y que debieran incorporarse. Se intenta responder al objetivo y a las hipótesis del trabajo de investigación desde la adopción de un enfoque interdisciplinar que comprende el aspecto jurídico desde diferentes doctrinas, como la filosofía jurídica, la teoría del derecho, el derecho constitucional, la filosofía política y moral, y el derecho internacional de los derechos humanos, a la teoría y filosofía del derecho internacional. A estas doctrinas jurídicas se vincula en el estudio a las praxis y políticas públicas nacionales, y el análisis de las observaciones finales de mecanismos de supervisión y monitoreo de implementación de derechos humanos, así como informes conclusivos sobre observaciones en terreno de relatores especiales del sistema universal de protección de los derechos humanos. La combinación de las disciplinas y enfoques pretende responder a la complejidad del tema analizado.
- Published
- 2019
27. La protección legal y jurisdiccional de la igualdad de género en las Fuerzas Armadas
- Author
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Hernández Sánchez, Francisco Esteban, Martínez García, Elena, Vegas Aguilar, Juan Carlos, and Institut de Drets Humans
- Subjects
fuerzas armadas ,derechos fundamentales ,igualdad de género - Abstract
TÍTULO: LA PROTECCIÓN LEGAL Y JURISDICCIONAL DE LA IGUALDAD DE GÉNERO EN LAS FUERZAS ARMADAS Pasadas cuatro décadas desde la aprobación de la Constitución Española y la configuración de nuestro actual Estado Social y Democrático de derecho. En la presente tesis se ha querido iniciar una línea de investigación que parte del estudio de la protección legal y jurisdiccional de la igualdad de género en las Fuerzas Armadas, profundizando en el previo estudio realizado como trabajo fin del máster en derecho y violencia de género realizado por el autor, y que pretende continuar la propia investigación con un análisis en profundidad, no realizado hasta el momento con la perspectiva de la evolución histórica, normativa y jurisprudencial de estas cuatro décadas, de la necesidad o no, bajo la observación del principio de proporcionalidad, de la restricción de múltiples derechos fundamentales que todavía hoy se ven cercenados total o parcialmente para los militares y guardias civiles en España. Todo ello sobre la base de proteger la disciplina y la jerarquía militar propias de estas Instituciones, así como las misiones encomendadas a estos trabajadores públicos. En la tesis se analiza en profundidad, conforme su nombre indica, la protección legal y jurisdiccional de la igualdad de género en las Fuerzas Armadas, dividiéndose en cuatro bloques. El primero, con carácter introductorio, se inicia con unas reflexiones sobre la necesidad de la realización de este estudio, la plasmación de las dificultades existentes para la investigación de esta materia, y un reflejo de la perspectiva personal del autor que ha podido observar esta evolución habiendo ejercido por un lado como militar de carrera y por otro dedicado al ejercicio de la abogacía durante estas últimas décadas, en defensa de derechos y libertades de militares y guardias civiles y de sus incipientes asociaciones profesionales. Como segundo bloque, se procede al estudio del propio concepto de los derechos fundamentales y de las libertades públicas con carácter general y la constatación de la necesidad de su restricción y limitación derivada de la propia coexistencia de los mismos, así como la preservación de otros valores fundamentales, pero abordando la necesidad de la utilización del principio de proporcionalidad para dicha limitación o restricción, realizando un repaso de este principio tanto en la normativa comunitaria como en la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos. Tras ello, y por la incidencia más cercana y las repercusiones en la propia defensa de los derechos fundamentales y libertades públicas en España, se realiza un estudio de la reciente reforma de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional concluyendo que prácticamente ha supuesto en la actualidad la desaparición del recurso de amparo constitucional. Un tercer bloque se adentra en la delimitar algunos problemas específicos detectados en las Fuerzas armadas en relación a la limitación o restricción de los Derechos Fundamentales en las Fuerzas Armadas, comenzando con un análisis de la obediencia debida, estudiando comparativamente la existencia de la propia necesidad de obediencia también en los otros ámbitos laborales y funcionariales y planteándonos si existe justificación proporcional y razonable para exigir, en condiciones normales, una mayor disciplina en las Fuerzas Armadas que al resto de funcionarios o trabajadores. A continuación, dentro de este tercer bloque, se analiza en profundidad la Jurisdicción Militar, sus antecedentes históricos, la pugna que históricamente y en la actualidad se ha producido en esta jurisdicción al objeto de garantizar su independencia e imparcialidad, concluyendo que difícilmente puede sostenerse tal independencia e imparcialidad, pese a las últimas reformas legislativas que han delegado en el Consejo General del Poder Judicial el nombramiento de sus miembros, y proponiendo su desaparición, considerando que no tiene mayor dificultad de especialización como para ser un orden jurisdiccional diferenciado, pudiendo resolverse los asuntos de su competencia tanto por el orden penal como por el orden contencioso administrativo. Ello además derivaría en evitar un ostracismo de las resoluciones de esta jurisdicción, ostracismo que además se observa por la ausencia de publicidad de actos y resoluciones de autoridades y órganos de la Administración Militar, y una excesiva regulación de los aspectos fundamentales de estas Instituciones por órdenes internas, instrucciones o circulares afectando seriamente derechos y libertades fundamentales, cuya legitimidad de aplicación además se revisa precisamente en esa jurisdicción militar endogámica y carente de las debidas garantías constitucionales de imparcialidad e independencia. Finalmente, en el cuarto bloque de la tesis se procede al estudio concreto del Derecho Fundamental a la Igualdad, partiendo de unas breves líneas sobre su concepción genérica, para posteriormente entrar a analizar en profundidad la igualdad de género en las Fuerzas Armadas tras la incorporación de la mujer en las mismas, realizando un recorrido histórico de esta incorporación tanto propio de nuestro país, como desde una perspectiva de derecho comparado, y finalmente pasar a comprobar, desde una perspectiva jurisprudencial y legal, si se ha producido la adopción de mecanismos positivos en las Fuerzas Armadas para favorecer esta incorporación de la mujer en condiciones de igualdad. Se lleva a cabo una extensa exposición de la evolución histórica normativa en esta materia en el régimen estatutario militar, de forma comparativa con el estatuto de los trabajadores y el estatuto funcionarial en general, desde los inicios de la etapa constitucional se llega hasta las recientes modificaciones en relación a la situación de acoso a la mujer en el Régimen Disciplinario militar y en el Código Penal Militar, incluso analizando la creación de las Unidades de Protección frente al acoso y el protocolo de acoso en las Fuerzas Armadas, para concluir realizando una exposición práctica de la constatación de la existencia de una discriminación efectiva en la actualidad de la mujer en las Fuerzas Armadas, y estableciendo la necesidad y obligación de actuar por parte de los poderes públicos, llegándose a proponer ciertas líneas de actuación para intentar paliar este problema. Finalmente se establecen una serie de consideraciones en las que básicamente se indica que, si bien la normativa específica militar en materia de igualdad de la mujer y conciliación de la vida familiar y laboral ha evolucionado de manera paralela y adecuada a la de esos otros ámbitos laborales, en realidad, en la institución militar se dan unos condicionantes históricos y estructurales muy peculiares que, junto con sus exigencias específicas de disciplina férrea, potencian en mayor medida las posibles discriminaciones y situaciones de acoso a la mujer que en esos otros ámbitos, lo que además, en la mayoría de las ocasiones, debe ser resuelto finalmente en una jurisdicción específica que, como hemos dicho, no goza de las garantías de independencia e imparcialidad adecuadas, y con ello, difícilmente se conseguirá solucionar el problema.
- Published
- 2019
28. Violación de derechos civiles y políticos : Cataluña, Septiembre y Octubre 2017
- Author
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Gerència de Drets de Ciutadania, Participació i Transparència, Palou-Loverdos, Jordi, Associació Iridia, Centre per la Defensa dels Drets Humans, Mata, Pedro, Institut Internacional per l'Acció Noviolenta (NOVACT), Institut de Drets Humans de Catalunya, International Institute for Nonviolent Action, Lafede.cat-Federació d’Organitzacions per a la Justícia Global, and Grup de Periodistes Ramon Barnils
- Subjects
Drets civils ,Drets polítics ,Derechos políticos y civiles ,Political rights ,Referendum ,informes altres ,Societat i benestar ,Sector públic ,Referèndum ,Derechos políticos ,Legislació i justícia ,Civil rights ,Referéndum - Abstract
Sol·licitant de l'informe: Gerència de Drets de Ciutadania, Participació i Transparència
- Published
- 2017
29. La titularidad universal del derecho a la salud: algunos límites en su implementación
- Author
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Dalli Almiñana, María, Añón Roig, María José, and Institut de Drets Humans
- Subjects
CIENCIAS JURÍDICAS Y DERECHO [UNESCO] ,UNESCO::CIENCIAS JURÍDICAS Y DERECHO - Abstract
Este trabajo tiene como objetivo principal el análisis de los límites actuales para la atención de la salud universal. La hipótesis es que algunas personas enfrentan restricciones para acceder a la misma, por lo que los modelos institucionales de salud pueden no haber alcanzado una cobertura universal, respecto a lo cual el desarrollo positivo del derecho a la salud no parece tener una respuesta clara. Los límites que se estudian son obstáculos estructurales, impuestos institucionalmente de forma directa al articular el reconocimiento del bien sanitario en base a condiciones como la capacidad económica, el trabajo o la residencia legal en un territorio. Se trata, pues, de analizar la cuestión de la cobertura sanitaria universal atendiendo a la perspectiva de diferentes modelos sanitarios, y de encontrar respuestas jurídicas en los derechos humanos. Como parte de aquel objetivo, es posible distinguir varias preguntas concretas: ¿qué significa la universalidad del derecho a la salud? ¿cuáles son los grupos principalmente excluidos de la cobertura sanitaria? ¿qué respuestas tiene el Derecho Internacional de los Derechos Humanos, y cuáles son sus limitaciones? ¿cuáles son los límites de los principales modelos sanitarios para ofrecer una asistencia sanitaria universal? A la vista de todo ello, ¿cómo se pueden analizar los cambios efectuados en el Sistema Nacional de Salud español en relación con la accesibilidad? ¿qué garantías existen en la actualidad para frenar medidas regresivas en universalidad, y cuáles serían las más adecuadas? Estas preguntas se pretenden responder desde una perspectiva interdisciplinar, principalmente de la Filosofía del Derecho, el Derecho Internacional de los Derechos Humanos, la Teoría Política y políticas públicas y el Derecho Constitucional. En primer lugar, el punto de partida es el estudio de la fundamentación teórico-jurídica del derecho a la salud como un derecho humano social, del principio de universalidad y de las posiciones teóricas contrarias a la titularidad universal del derecho a la salud. Con posterioridad, se analiza el marco de regulación del derecho a la salud que se ha desarrollado desde el Derecho Internacional de los Derechos Humanos, examinando críticamente la regulación de la titularidad. Igualmente se estudian los modelos sanitarios clásicos que surgen en el marco de la formación de los Estados del bienestar, y se incluye un análisis comparativo de la cobertura que ofrecen diferentes sistemas sanitarios en la actualidad. La perspectiva de las políticas públicas, así como de la salud pública, también se tiene en cuenta cuando se analizan dos desarrollos importantes de la Organización Mundial de la Salud, como organización especializada de las Naciones Unidas en materia de salud pública, con una naturaleza más técnica que jurídica. Estos desarrollos son el objetivo de la cobertura sanitaria universal y los determinantes sociales de la salud. La disciplina jurídica vuelve a predominar cuando se estudia la regulación de la cobertura del Sistema Nacional de Salud español, su evolución así como las reformas recientes. Finalmente, desde la teoría jurídica y el Derecho Constitucional se examina el concepto de regresividad y las garantías del derecho a la salud, centrando la atención en la justiciabilidad de este derecho y en el papel de los tribunales para evaluar medidas regresivas mediante la intervención judicial. Así pues, la metodología utilizada es la aplicada frecuentemente para la investigación en las ciencias jurídicas y politológicas. Además, se sostiene una visión crítica. De modo principal, se ha llevado a cabo la lectura de fuentes doctrinales y de informes elaborados por diferentes organismos. Algunos métodos específicos utilizados son: la revisión de la literatura teórico-jurídica relevante, el análisis de conceptos morales y su aplicación al ámbito práctico; el examen de normativa internacional y de la regulación legal y administrativa del objeto de estudio; la atención a diversos sistemas políticos en su función de provisión del bienestar a través del método comparado; por último, se atiende a la jurisprudencia relevante de los tribunales propios de los ámbitos de protección de los derechos y a algunas sentencias oportunas de órganos judiciales estatales. The main objective of the work is to analyse the current limits for universal health care. The hypothesis is that some people face restrictions to access health services; therefore, institutional health models may not have reached universal coverage and the positive development of the right to health does not seem to have a clear solution. The limits that are studied are structural obstacles which are institutionally imposed directly when articulating the recognition of the sanitary good on the basis of conditions such as economic capacity, work or legal residence in a territory. It is therefore a matter of analysing the question of universal health coverage, taking into account the perspective of different health models, and of finding legal responses in human rights. As part of that objective, it is possible to distinguish several concrete questions: What does the universality of the right to health mean? Which are the groups that are mainly excluded from health coverage? What answers does the International Law of Human Rights have, and what are its limitations? What are the limits of the main health models to offer universal health care? In view of all this, how can we analyse the changes made in the Spanish National Health System in relation to accessibility? What guarantees exist today to curb retrogressive measures in universality, and which would be the most appropriate? These questions are intended to be answered from an interdisciplinary perspective, mainly from the Philosophy of Law, International Human Rights Law, Political Theory and public policies and Constitutional Law. Firstly, the starting point is the study of the theoretical foundation of the right to health as a human right. In this sense, the principle of universality and the theoretical positions contrary to the universal right to health are also studied. Subsequently, the work analyses the framework that regulates the right to health as it has been developed from the International Law of Human Rights. Regarding this point, it critically examines the regulation of the subjects that are entitled to the right. It also studies the classical health models that emerge in the framework of the formation of welfare states, including a comparative analysis of the coverage offered by different current health systems. The perspective of public policy, as well as that of public health, is also taken into account when analysing two important developments of the World Health Organization as the specialised United Nations organisation in the field of public health. These developments are the goal of Universal Health Coverage and the social determinants of health. The legal perspective once again predominates when studying the regulation of coverage within the Spanish National Health System, its evolution as well as its recent retrogressive reforms. Finally, from the juridical theory and the Constitutional Law, the concept of retrogressive measures and the guarantees of the right to health are examined, focusing attention on the justiciability of this right and on the role of the courts in evaluating retrogressive measures through judicial intervention. Thus, the methodology used is the frequently applied in research in the legal and political sciences. In addition, a critical view is held. Mainly, the reading of doctrinal sources has been carried out, as well as the analysis of reports elaborated by different organisations. Some specific methods used are: the revision of the relevant theoretical-legal literature, the analysis of moral concepts and their application to the practical field; the examination of international regulations and the legal and administrative framework that applies to the object of study; the attention given to various political systems in their role of providing welfare through the comparative method; finally, the work addresses the relevant jurisprudence of international courts and some pertinent judgments of state judicial bodies.
- Published
- 2017
30. Tackling racism seriously: Human rights and the underpinnings of ethnic recognition
- Author
-
Dupont, Pier-Luc, Solanes Corella, Ángeles, and Institut de Drets Humans
- Subjects
education ,CIENCIA POLÍTICA [UNESCO] ,UNESCO::CIENCIA POLÍTICA ,CIENCIAS JURÍDICAS Y DERECHO [UNESCO] ,multiculturalism ,UNESCO::CIENCIAS JURÍDICAS Y DERECHO ,human rights ,UNESCO::FILOSOFÍA ,FILOSOFÍA [UNESCO] ,legal philosophy ,recognition ,racism ,non-discrimination - Abstract
Ante el persistente reto del racismo, los estados de Europa occidental están buscando maneras de mejorar las actitudes de su población hacia los inmigrantes no blancos procedentes de los países en desarrollo, así como hacia sus descendientes. Sin embargo, dos importantes obstáculos dificultan la puesta en marcha de ambiciosas reformas antirracistas. Por un lado, la enorme brecha entre el número de votantes nativos y de origen extranjero, combinada con la relativa inmunidad de los primeros a la discriminación étnica, hace electoralmente difícil mantener el tema en la agenda política, especialmente con la competencia de partidos de extrema derecha y retórica xenófoba. Por otra parte, los partidarios del multiculturalismo y el interculturalismo siguen enzarzados en una disputa teórica en torno al impacto de diferentes tipos de gobernanza cultural sobre las actitudes racistas, con el segundo bando defendiendo un retorno a ciertas formas de asimilación de las minorías. Esta tesis explora cómo los derechos humanos a la no discriminación y la educación, reconocidos en varios tratados internacionales, pueden ayudar a superar ambos obstáculos, y qué interpretaciones judiciales permitirían sacar el máximo provecho de su potencial antirracista. Puesto que pretendemos destacar el impacto de la ley sobre procesos sociales moralmente problemáticos, nuestra investigación es crítica e interdisciplinar, combinando perspectivas jurídicas, filosóficas, políticas, sociológicas, antropológicas y psicológicas. El acervo jurídico se extrae de los tratados de derechos humanos adoptados en el marco de las Naciones Unidas y el Consejo de Europa, así como de la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos y los comentarios generales e informes temáticos de los comités y expertos de las Naciones Unidas. Estas interpretaciones autorizadas se contrastan con las recomendaciones de varios organismos internacionales especializados, los principios defendidos desde la filosofía política y las prescripciones que pueden derivarse de la investigación empírica sobre la etiología del racismo. El punto de partida de nuestro análisis es que los derechos humanos delimitan el espectro de políticas legalmente permitidas, las cuales a su vez inciden en los determinantes estructurales del racismo. Dado que la relación entre el derecho internacional de los derechos humanos, las políticas públicas y las actitudes es altamente indirecta y rara vez se puede observar fácilmente mediante experimentos o correlaciones, recurrimos principalmente al razonamiento deductivo, utilizando teorías empíricamente fundamentadas para predecir las consecuencias a largo plazo de la ley. Nuestros resultados se dividen en dos categorías, dirigidas a diferentes públicos. Por un lado, desvelamos estándares existentes de derechos humanos que podrían ponerse al servicio de la lucha contra el racismo. Ello puede concebirse como un intento de ampliar los conocimientos jurídicos de los decisores políticos, activistas y otros agentes sociales. Por otro lado, defendemos el principio del reconocimiento étnico como un argumento moral para la modificación de algunas normas establecidas o el desarrollo de otras nuevas. Ello puede leerse como un intento de perfeccionar las herramientas filosóficas y sociológicas a disposición de los jueces y otros profesionales del derecho. Empezando con el derecho a la no discriminación, analizamos críticamente la implementación e institucionalización de las directivas de igualdad de la Unión Europea en el ámbito del empleo. En particular, sostenemos que el modelo de derecho antidiscriminatorio basado en demandas judiciales individuales, el recurso escaso o mal concebido a las acciones positivas y la falta de acomodación de las diferencias culturales en los lugares de trabajo contribuyen problemáticamente a la segregación, estratificación y asimilación étnicas. A continuación, ponemos el foco en el derecho a la educación, caracterizando las políticas educativas como una fuente institucional clave de racismo infantil. Más concretamente, defendemos que solo mediante el desarrollo de currículos críticos dotados de múltiples perspectivas, la creación de incentivos para la diversidad étnica de alumnos y profesores y la extensión de algunos estándares de las escuelas públicas a su homólogas privadas se conseguirá establecer sistemas educativos igualitarios. La conclusión propone un modelo de reforma antirracista de las políticas públicas basado en los derechos. Faced with the persisting challenge of racism, Western European states are actively seeking ways of improving the population’s attitudes toward non-White immigrants from developing countries as well as their descendants. However, two main obstacles stand in the way of ambitious anti-racist policy reform. On the one hand, the vastly unequal voting power of native and immigrant-origin citizens, combined with the former’s relative immunity to ethnic discrimination, makes it electorally difficult to keep the issue on the political agenda, especially with the competition of far-right parties trading on xenophobic rhetoric. On the other hand, there is an on-going theoretical dispute between multiculturalists and interculturalists on the long-term link between different approaches to cultural governance and racist attitudes, with the latter favouring a return to some forms of minority assimilation. This thesis explores how the human rights to non-discrimination and education, enshrined in various international treaties, may help overcome both obstacles, and how courts should interpret them in order to take advantage of their anti-racist potential. Since we wish to highlight the law’s relationship with morally problematic social processes, our inquiry is critical and interdisciplinary, combining insights from law, philosophy, political science, sociology, anthropology and psychology. Current legal standards are extracted from the human rights treaties adopted in the framework of the United Nations and the Council of Europe, as well as European Court of Human Rights case law and the General Comments and thematic reports of the United Nations monitoring committees and experts. These authoritative interpretations are contrasted with the recommendations of specialised international organisations, the principles defended by political philosophers and the prescriptions that can be derived from empirical research on the etiology of racism. Our analytical starting point is that human rights delimit the range of legally permissible policies, which in turn affect the structural drivers of racism. Since the relationship between human rights law, policies and attitudes is a highly indirect one that can rarely be observed straightforwardly through correlational or experimental evidence, we primarily rely on a deductive mode of reasoning, using empirically grounded theories to predict the long-term consequences of the law. Our results fall in two different categories targeted at different audiences. On the one hand, we unveil existing human rights standards that could be harnessed in the service of anti-racism. This may be seen as a way of increasing the legal expertise of policymakers, activists and other social agents. On the other hand, we defend the principle of ethnic recognition as a moral argument for modifying current human rights standards or developing new ones. This can be read as an attempt to expand the philosophical and sociological toolbox of judges and other legal practitioners. Starting with the right to non-discrimination, we critically analyse the implementation and institutionalisation of EU employment equality law. In particular, we contend that the complaint-based model of anti-discrimination enforcement, the scarce or misconceived recourse to positive action and the lack of accommodation of cultural differences problematically contribute to ethnic segregation, stratification and assimilation. We then turn the spotlight on the right to education, characterising education policy as a key institutional source of racism among children. More specifically, we claim that only by developing a critical and multi-perspectival curriculum, creating incentives for ethnically mixed schools and extending some public school regulations to private ones will policymakers succeed in establishing egalitarian education systems. The conclusion puts forward a rights-based approach to anti-racist policy reform.
- Published
- 2017
31. Reparación integral y políticas de protección de las víctimas del terrorismo
- Author
-
Company Alcañiz, Mireia, Ferrandis Ciprian, Daniel, and Institut de Drets Humans
- Subjects
reparación ,víctimas ,CIENCIAS JURÍDICAS Y DERECHO [UNESCO] ,terrorismo ,UNESCO::CIENCIAS JURÍDICAS Y DERECHO ,derechos humanos - Abstract
La materia victimal es uno de los principales intereses de la ciencia criminológica. La labor del criminólogo con las víctimas del terrorismo es esencial en la medida en que su proximidad y visión integral acerca del fenómeno de las victimizaciones pueden contribuir a su reparación y consecuente desvictimización. La vulnerabilidad de estas víctimas, que han sido utilizadas por los terroristas como meros instrumentos, está vinculada con la comisión de violaciones graves y sistemáticas de los derechos humanos. Las acciones terroristas persiguen, por una parte, la destrucción a nivel individual de la dignidad, los derechos humanos y las libertades fundamentales de cualquier persona y, por otra parte, a nivel estatal, buscan desestabilizar el sistema democrático, la seguridad y su integridad territorial. Por ello, son las únicas víctimas a las que se les reconoce expresamente en un texto legal la condición de víctimas de violaciones de derechos humanos. Esta afirmación está conectada con las obligaciones jurídicas vinculantes al Estado cuya función es ofrecer un sistema de compensación a los afectados, a la vez que, asume el compromiso de garantizar y reforzar los derechos ligados con los valores proclamados en las sociedades democráticas entre los que destacan el reconocimiento y apoyo integral. El estudio de la víctima y los procesos de victimización son la base para realizar tanto los planes de prevención de futuras victimizaciones como los de desvictimización cuyo propósito sea la reparación integral del afectado. La Ley 4/2008, de 19 de junio, de reconocimiento y reparación a las víctimas del terrorismo del País Vasco, estipula su contenido programático en función de sus destinatarios donde podemos encontrar, en primer lugar, los derechos a la justicia, dignidad, reconocimiento y reparación correspondientes a las víctimas. En segundo lugar, los derechos a la verdad y la memoria que se han otorgado tanto a las víctimas como a los miembros de la sociedad. Y, en tercer lugar, los derechos concedidos a toda la ciudadanía vasca relativos a la paz, libertad y convivencia. No obstante, esta clasificación jurídica puede interpretarse desde la perspectiva criminológica de acuerdo a su objetivo último de ofrecer una reparación integral a la víctima. De tal forma que, los podemos sintetizar conforme a la etapa de victimización a la que se dirigen. En cuanto a la victimización primaria, los derechos a la verdad y a la reparación contribuyen a averiguar qué ha pasado, cuáles han sido sus consecuencias y qué tipo de reparación les corresponde. En cambio, los derechos relacionados con el reconocimiento y la justicia son clave frente a la aparición y mantenimiento de la victimización secundaria que surge a raíz del contacto de la víctima con el aparato burocrático. Finalmente, la victimización terciaria se puede hacer frente con las medidas integradas en los derechos a la dignidad y a la memoria que persiguen el reconocimiento social de los afectados. A pesar del esfuerzo del legislador a la hora de prever las medidas adecuadas e idóneas en virtud de las características específicas que presentan y el contexto en el que han adquirido esta condición, resulta oportuno realizar un estudio piloto sobre el conocimiento, la conveniencia y la efectividad del conjunto de medidas contempladas desde la visión de las propias víctimas. Victimization is one of the main interests of criminological science. The criminologist's work with the victims of terrorism is essential insofar as his proximity and comprehensive vision of the phenomenon of victimization can contribute to their reparation and consequent devictimization. The vulnerability of these victims, who have been used by terrorists as mere instruments, is linked to the commission of serious and systematic human rights violations. Terrorist actions pursue, on the one hand, the destruction at the individual level of the dignity, human rights and fundamental freedoms of any person and, on the other hand, at the state level, they seek to destabilize the democratic system, security and its territorial integrity, or, said otherwise, their intention is basically to unbalance the government legitimately constituted. Therefore, they are the only victims who are expressly recognized in a legal text as victims of human rights violations. This affirmation is connected to the legal obligations binding on the State, whose function is to offer a system of compensation to those affected, while at the same time assuming the commitment to guarantee and reinforce the rights linked to the values proclaimed in democratic societies, among which recognition and comprehensive support stand out. The study of the victim and the victimization processes they go through are the basis for carrying out both the plans to prevent future victimization and those of devictimization whose purpose is the comprehensive reparation of the affected person. Law 4/2008, of June 19, 2008, on recognition and reparation to the victims of terrorism of the Basque Country, stipulates its programmatic content according to its addressees where we can find, firstly, the rights to justice, dignity, recognition and reparation corresponding to the victims. Secondly, the rights to truth and memory that have been granted to both victims and members of society. And, thirdly, the rights granted to all Basque citizens relating to peace, freedom and coexistence. However, this legal classification can be interpreted from a criminological perspective according to its ultimate objective of providing comprehensive reparation to the victim. In such a way that, we can synthesize them according to the stage of victimization to which they are addressed. In terms of primary victimization, the rights to truth and reparation contribute to finding out what happened, what the consequences were and what type of reparation is due. On the other hand, rights related to recognition and justice are key to the emergence and maintenance of secondary victimization that arises as a result of the victim's contact with the bureaucratic apparatus. Finally, tertiary victimization can be addressed with measures integrated into the rights to dignity and memory that pursue the social recognition of those affected. Despite the legislator's effort to provide for adequate and suitable measures in view of the specific characteristics of the victims and the context in which they have acquired this condition, it is appropriate to conduct a pilot study on the knowledge, suitability and effectiveness of the set of measures contemplated from the point of view of the victims themselves.
- Published
- 2017
32. Derechos humanos y menores infractores reincidentes: un estudio comparado entre España y Alemania
- Author
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Lorena Menes Corrales, Maria Asunción Colás Turégano, Manfred Liebel, and Institut de Drets Humans
- Subjects
reincidencia juvenil en España y Alemania ,estadística criminal ,CIENCIAS JURÍDICAS Y DERECHO [UNESCO] ,UNESCO::CIENCIAS JURÍDICAS Y DERECHO ,derechos humanos ,menores infractores reincidentes ,derecho comparado - Abstract
El propósito de este trabajo de investigación es explorar la reincidencia juvenil desde una perspectiva comparada entre España y Alemania, puesto que el país germano emerge como un referente en el ámbito de la justicia de menores. Para ello, se estudia desde un enfoque jurídico y criminológico ambos sistemas de justicia en un contexto de derechos humanos, ya que los menores reincidentes tienen un gran interés científico y relevancia en nuestras sociedades a día de hoy. A efectos de estudio del fenómeno de la reincidencia, se debe en primer lugar analizar la figura del menor de edad para a continuación, examinar los aspectos relacionados con aquellos menores que han mostrado comportamientos delictivos. Dentro de este análisis cumplen un papel fundamental los principales instrumentos jurídicos de protección de menores en el ámbito internacional, europeo e interno. Gracias al examen normativo pero también jurisprudencial emanado de las decisiones tomadas por los órganos jurisdiccionales en relación al tratamiento jurídico dado al menor de edad y por ende al menor infractor, se profundiza en el estudio del proceso penal juvenil en España y Alemania. Todo ello se complementa por la aportación de diversas corrientes doctrinales en los dos países, lo que ayudará a avanzar en la búsqueda de una mayor explicación de la reincidencia juvenil. Del mismo modo, se perseguirá conseguir un mejor discurso que nos traslade hacia una humanización de la norma penal en contraposición a las posturas más punitivistas, ya que las últimas reformas llevadas a cabo son justificadas en cierto modo, por la demanda política y social. Se impone la idea que los delitos cometidos por los jóvenes y adolescentes representan un riesgo para la comunidad, lo que produce en consecuencia actuaciones de diversa índole por parte de las distintas instituciones políticas y sociales. A pesar del estudio normativo de la regulación de la reincidencia y del estudio jurídico del fundamento de esta institución, se requiere de una aproximación criminológica a través de investigaciones empíricas y estudios estadísticos, ya que el Derecho penal debe dejarse influenciar por otras ciencias. El Derecho penal no puede responder solo por sí mismo frente a las causas de la reincidencia, siendo por tanto necesario desde la Criminología la identificación y el análisis de las razones que ocasionan un comportamiento reincidente. A partir de aquí, la reincidencia juvenil se presenta como un objetivo muy atractivo para esta ciencia, ya que como grupo vulnerable se situa en el centro de un debate social y político en el marco de los derechos humanos. El menor reincidente como sujeto de derechos debe tener unas garantías por parte de los Estados para que se cumplan y disfruten tales derechos, aunque bien es sabido que en ocasiones se producen vulneraciones de los mismos. Por otro lado, como consecuencia del periodo vital que corresponde a la juventud y a la adolescencia, se perfilan estas etapas como especialmente vulnerables frente a una posible estigmatización del menor, particularmente durante el procedimiento penal y el cumplimiento de una medida en un centro de internamiento. Está claro además, que se pueden dar situaciones que ocasionen una discriminación del menor reincidente por causa de las actuaciones llevadas a cabo por los actores sociales o de la interpretación y aplicación práctica de la norma. En cualquier caso, tanto las vulneraciones como los actos discriminatorios prevén unos efectos negativos sobre el menor reincidente que le pueden provocar una serie de transtornos a todos los niveles y un cambio en su interacción con la comunidad. Finalmente, lo que subyace ante esta problemática social es el miedo o la inseguridad que se produce frente a este colectivo, ya que algunos casos han calado profundamente en la comunidad, lo que hace que la preparación del menor reincidente hacia su vida en libertad sea más complicada. Se contraponen de esta manera diferentes visiones que se han plasmado en el discurso doctrinal y en el ámbito científico criminológico en torno a este fenómeno, lo que demuestra la enorme transcendencia que va adquiriendo y el efecto que ha tenido para mejorar la posición del menor reincidente en la vida pública. The debate on juvenile delinquency and the figure of the juvenile offender is not particularly new for Criminology, because this issue has been an attractive object of study for years, not only for this science but also for other disciplines. A multidisciplinary approach from Criminology certainly examines the relationship of the minor offender with the crime, taking into account the different types of crime, but also the victim and social control. In fact, the substantive relevance of juvenile delinquency transcends the criminological fields, but also others such as the legal-penal, sociological, educational, victimological and political spheres. Under this premise, we argue for an in-depth analysis not only to study aspects associated with crime in society, but also to face any other question. The essential thing is to describe and discuss where criminality is going. In other words, in recent times the assumption about current crime trends and the quality of criminal acts has become a dimension with its own problems. This whole matter has a special interest to our country and other countries of our socio-cultural environment which use control mechanisms to minimize the rate of juvenile delinquency in our societies. Specialized literature insists and shows that youth crimes are quantitatively the most common crimes among young people. In fact, the most serious crimes will occupy a small percentage within the whole of juvenile delinquency. This phenomenon is well-known in Spain, which leads to consider further the development in other countries such as Germany. Our domestic legal system is modeled on the the German pattern of Juvenile Court Law. This pattern, as an example for our criminal and social policies, will protect offender’s human rights. For this reason, both juvenile legal systems will present certain similarities. Their ultimate purpose will be the re-education of the child and his reintegration into society prioritizing educational measures as alternatives to traditional punishments. As a consequence of the successive reforms there is a controversy from a multiplicity of social actors and institutions about the lack of laxity under criminal legislation on juveniles. The Organic Law 5/2000, of January 12 Regulating the Criminal Liability of Minors (hereinafter LORRPM) came into force in Spain. This Law was a great legislative advance to determinate the bases of the criminal liability of minors (between 14 and 18 years of age) through application of sanctioning-educational measures. In Germany the Youth Court Law, translated literally from "Jugendgerichtsgesetz" (hereinafter JGG), was introduced by the law reform on 4 August 1953. The aforementioned Juvenile Criminal Law evidences an educational thinking introducing informal procedures such as "Diversion" (non-intervention). Indeed, in both countries there is a specific and autonomous Criminal Law with judicial educational sanctions to seek re-socialization and reintegration of a child in conflict with the law. A measure will be imposed depending on judicial criteria, the educational deficit of the young person and other factors of his/her life, taking as the first option the less burdensome measure. From this perspective, it is important to avoid social prejudice and the stigmatization of the minor, due to a possible process of tertiary victimization caused by the many effects derived from all the stages of the criminal procedure. The special needs of juvenile and young adults led to the configuration of this Juvenile Criminal Law towards the development and transformation of policies to protect them. The policymaker cannot apply the same rules to young people and adults because of their personality development and state of maturity. In fact, not all juvenile behaviours will be subject to prosecution. In this context, prevention should prevail on punishment because both Criminal Laws are based on the best interests of the child principle. This principle as a protective and guiding criterion will also serve to resolve conflicts between rights in cases where minors are involved. The courts and the nonjudicial institutions have different functions like: ensuring the child’s rights, making decisions which best benefit the child and ensuring this principle is correctly interpreted and applied. The child as a person has rights regulated in the domestic legal system of each country, but also in international legal instruments whose texts come from the United Nations and the European supranational framework. The contextualization of this issue makes it possible to highlight some questions set out on juvenile criminality and mainly on a differentiated core regarding re-offending juveniles and young adults. Recidivism is a key concept which must be analysed from a theoretical, juridical and criminological perspective. This integral analysis is useful to avoid the marginalization of the recidivist minor offender and to ignore recidivism as a social phenomenon. A dialogue between the different sectors of society will help to prevent some certain deficiencies and privations which lead to the renunciation of opportunities for intervention, solution and improvement of re-offenders. Criminology inquires into several issues concerning recidivism among young offenders: What can be done with re-offenders? What is the most appropriate response when a minor commits a crime again? Do we help them in their process of social reintegration? What kind of alternatives are there to a criminal response? Are re-offenders excluded from social discourse? What can Criminology offer them? It is necessary that criminologists and professionals of the social scientists field should begin to deal with this criminal phenomenon in order to be able to explain in a more exhaustive way the causes of recidivism, of mistrust against this group, the need to use other legal methods or the reason to criminalize them. Neither Spanish nor German policymakers can offer a clear response to the behaviour of the reoffenders. From an interdisciplinary perspective, this research aims to reflect on some implications of recidivism among young offenders derived from legal and scientific discourse. The core of the work examines both Juvenile Criminal Laws from a legal perspective, while the different scientific papers providing quantitative and qualitative data about this matter are analysed from a criminological point of view. Following the discussion, recidivism among the young has had an impact on human rights. The rights of a minor who is subject to criminal proceedings must be respected at all stages, by means of a series of procedural and substantive guarantees. Recognition and respect of the young re-offender’s human rights requires a renewed reflection from a broader perspective that moves away from a purely political conception and is replaced by a closer cooperation with the stakeholders, in order to seek equitable justice for minor recidivists at local and regional levels. Juvenile recidivism in a comparative context is the main research line of this study. What is obvious is that the minor re-offender is part of a changing and notorious reality which must be continually studied to delimit and reduce it.
- Published
- 2017
33. Los derechos humanos y el régimen abierto en Brasil: propuestas para el Estado de Amapá
- Author
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Silva Junior, Dinaldo, Cervelló Donderis, Vicenta, Palitot Braga, Romulo Rhemo, and Institut de Drets Humans
- Subjects
Derechos Humanos ,Régimen Abierto ,Resocialización ,Amapá ,Establecimientos Penitenciarios - Abstract
Esta investigación tiene como propuesta analizar cómo Brasil ha desarrollado el régimen abierto en sus establecimientos penitenciarios, tomando como referencia el Estado de Amapá, y específicamente, el Instituto de Administración Penitenciaria de Amapá - IAPEN-AP -, profundizando en la forma y en la aplicación de dicho régimen respecto a los Derechos Humanos de las personas privadas de libertad. Se parte de la hipótesis de que, aunque Brasil haya sido el pionero en el ámbito de América Latina en cuanto a la implantación del régimen abierto en los establecimientos penitenciarios, el país no ha conseguido todavía concretar los procesos de resocialización esperados del régimen abierto y todavía fortalece las prácticas que vulneran los Principios Rectores de los Derechos Humanos a las personas privadas de libertad. El tema es relevante y complejo, ya que en los últimos años se ha producido un aumento significativo de reclusos en los establecimientos penitenciarios brasileños, con malas condiciones de infraestructura y falta de respeto a la dignidad de las personas privadas de libertad, lo que caracteriza la política de encarcelamiento del país y el aumento de los motines, disturbios y generalización de la violencia. A través de un estudio bibliográfico de la ley penal brasileña y sus principales estudiosos, así como el análisis documental y la investigación de campo, fue posible identificar que en las prisiones brasileñas no están garantizados los derechos fundamentales mínimos de las personas privadas de libertad. La ausencia de estos derechos en el ambiente penitenciario afecta significativamente a la garantía de los Derechos Humanos, a la práctica de la resocialización de los reclusos, así como al trabajo de los empleados en estos establecimientos. El sistema progresivo de la pena adoptado por Brasil desde 1940 no consigue consolidar y desarrollar la estructura necesaria por la falta de una estructura necesaria y de unos espacios adecuados para cada uno de los regímenes. En el caso del régimen abierto, no hay Casas de Albergados suficientes en el país para satisfacer sus demandas, y en el Estado de Amapá, la realidad es más grave ya que no tiene ninguna de estas unidades previstas para recibir condenados del régimen abierto según la ley brasileña, impidiendo su implementación. Además, se pone de manifiesto que no hay armonía entre las políticas penitenciarias estatales y federales de la prisión, hecho que también corrobora la dificultad de consolidación de las políticas públicas en el ámbito del régimen abierto. En el caso de Amapá, esta falta de armonía obstaculiza la inclusión de tobilleras electrónicas en su sistema penitenciario, una importante política nacional alternativa al encarcelamiento. Hay que reconocer que se están desarrollando algunas políticas en el país y en el Estado de Amapá para ampliar la formación educativa de los reclusos y la ocupación de éstos mediante el trabajo, pero las iniciativas son aún insuficientes y precarias, despojando a las personas privadas de libertad de sus derechos fundamentales, de las posibilidades de disminución de la pena y de oportunidades más efectivas de resocialización. The purpose of this research was to analyze how Brazil has developed the open regime within detention facilities, taking the State of Amapá as reference, and concretely, the Amapá Penal Administration Institute – IAPEN-AP. This research deeply studies the form and the application of the above type of regime concerning people deprived of liberty’s human rights situation. The assumption is made that, even if Brazil has been the groundbreaking country in Latin America on the implementation of open prisons, this country has not concreted yet the expected programmes of re-socialization within the society through the application of this type of open regime. It still strengthens those practices that violates human rights Guiding Principes to people deprived of liberty. This topic is significant and complex because in the last few years there has been a significant increase of inmates within Brazilian penal institutions, with low-quality facilities conditions and a great disrespect to dignity. This is characterized by the incarceration policy and the increase of riots, disturbances and the generalization of violence. Through a literature review of Brazillian criminal law and its researchers, as well as documentary analysis and field investigation, it was possible to identify that minimu fundamental rights are not guaranteed to people deprived of liberty. Lack of rights in the detention area affects significantly the protection of human rights, the inmates’ resocialization practices, and employees’ workday within these facilities. The progressive system of serving sentences adopted by Brazil in 1940 does not manage to consolidate and develop the necessary structure due to the absence of a good-quality structure and suitable spaces for each of these regimes. In the case of open régimen, there are not enough of shelter houses to satisfy demands, and in the State of Amapá, the reality is worst because it lacks these units laid down in the law to receive open regime-based inmates, which deters its implementation. Moreover, there is not harmony between penitentiary policies at state and federal levels, and both verify the risk related to the consolidation of public policies in this scope of application. In the State of Amapá, this disconnection hinders the inclusión of Electronic Bracelets, an important alternative national policy to imprisonment. There is no getting around the fact that many public policies are being developed in the country and the State of Amapá to roll out the educational background and employment through jobs, but initiatives are still insufficient and precarious, and this deprives people of their fundamental rights, possibilities of decreasing sentences and more effective re-socialization opportunities.
- Published
- 2017
34. El principio de legalidad penal: estudio comparado para su desarrollo democrático
- Author
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Correcher Mira, Jorge, Carbonell Mateu, Juan Carlos, Llabrés Fuster, Antoni, and Institut de Drets Humans
- Subjects
principio de legalidad ,CIENCIAS JURÍDICAS Y DERECHO [UNESCO] ,UNESCO::CIENCIAS JURÍDICAS Y DERECHO ,derecho penal ,derecho comparado - Abstract
Esta tesis doctoral constituye un estudio comparado sobre el principio de legalidad penal. En concreto, se presentará una aproximación doctrinal y jurisprudencial a este principio desde las culturas legales continental y anglosajona, siguiendo asimismo la doctrina jurisprudencial del Tribunal Europeo de Derechos Humanos como punto de aproximación normativo entre ambas tradiciones jurídicas. Se pretende de este modo ofrecer una nueva perspectiva al estudio del principio de legalidad en materia penal, en la medida en que desde la doctrina continental se ha minusvalorado en ocasiones el significado ofrecido por el common law a este principio que, si bien es distinto al de los ordenamientos de raíz germánica, no supone una desatención de los derechos y libertades de los ciudadanos en los términos que supondría una aproximación superficial a su significado. El principio de legalidad penal ha sido desde la Ilustración el fundamento de la llamada libertad de los modernos. En efecto, su existencia como corolario de un Derecho penal liberal ha permitido que formulaciones repetidas en los primeros cursos de todas las facultades de derecho tales como “el Código penal es una Constitución en negativo” o “todo lo que no está prohibido está permitido”, se conviertan en máximas que todo jurista reconoce como inherentes a los presupuestos de un Estado democrático de Derecho. Por tanto, la preeminencia de la legalidad penal se ha convertido desde la Ilustración en un elemento esencial para el desarrollo de un garantismo penal regido por la máxima del principio general de libertad. Ahora bien, volviendo a la frase de Benjamin Constant, deberíamos preguntarnos si el principio de legalidad entendido estrictamente en su significado liberal puede ser fundamento de la libertad de los posmodernos. Este es el interrogante que motiva la realización de esta tesis doctoral donde, partiendo de una serie de cambios en los presupuestos de partida del Derecho penal liberal, se pretende ofrecer una propuesta destinada a reforzar el contenido esencial del principio de legalidad penal en un contexto político-social, el propio de la posmodernidad, en el que existen determinados obstáculos que podrían relativizar su significado garantista. This doctoral thesis undertakes a comparative study on the principle of legality in criminal law. Specifically, it will present a doctrinal and jurisprudential approach to this principle from the Anglo-Saxon and Continental legal cultures, while also following the case law of the European Court of Human Rights as the normative point of approach between the two legal traditions. The intention is to offer a new perspective on the study of the principle of legality in criminal law, to the extent that the Continental doctrine has on occasion undervalued the significance given to this principle by the common law that, though different from that found in legal systems with Germanic roots, does not imply a disregard for the rights and freedoms of citizens in terms that would suggest a superficial approach to its meaning. The principle of legality in criminal law since the Enlightenment has been the foundation of the so-called liberty of the moderns. In fact, its existence as a corollary of a liberal criminal law has allowed formulations to be repeated in the first year courses of all the faculties of law such as "the criminal code is a sort of negative constitution" or "everything that is not forbidden is allowed", becoming maxims that every lawyer recognizes as inherent in the functioning of a democratic state operating under the rule of law. Therefore, the pre-eminence of legality in criminal law, understood both in its programmatic approach from constitutional principle as well as from the perspective of a fundamental right that serves as a guarantee for the citizen, it has become since the Enlightenment an essential element in the development of a garantismo penal (a theory of criminal law based on the protection of civil liberties and fundamental rights) governed by the maxim of the principle of autonomy. Now, returning to the phrase of Benjamin Constant, we should ask ourselves whether the principle of legality understood strictly in its liberal meaning could be the foundation of the liberty of the postmodernists. This is the question that motivates the development of this thesis where, based on a series of changes in the underlying assumptions of liberal criminal law, the intention is to offer a proposal to reinforce the essential content of the principle of legality in a social and political context, of postmodernism itself, in which there exist certain obstacles that could relativize its importance. In this regard, there are two risks that, drawing from the analysis carried out in this study, could permit a weakening or breach of the protective nature of the legality principle in criminal law.
- Published
- 2016
35. Protección integral de la mujer con diversidad funcional en supuestos de violencia de género
- Author
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Vidagany Peláez, José Manuel, Martínez García, Elena, and Institut de Drets Humans
- Subjects
violencia de género ,discapacidad ,interseccionalidad ,diversidad funcional ,CIENCIAS JURÍDICAS Y DERECHO [UNESCO] ,UNESCO::CIENCIAS JURÍDICAS Y DERECHO ,doble discriminación - Abstract
"Protección integral de la mujer con diversidad funcional en supuestos de violencia de género" es la culminación de cuatro intensos años de apasionante investigación jurídica, dirigidos por la Doctora Elena Martínez García, la cual partió de una temática especialmente novedosa en el ámbito del derecho, pero que nos inducía a pensar que detrás de ella existía una realidad muchas veces silenciada. A partir de cuestiones tan concretas como igualdad, género, discapacidad o violencia machista, hemos visto como en la última fase de nuestro trabajo, el mismo ha terminado por coincidir con un legislador y unas políticas sociales mucho más abiertas e inclusivas, permitiéndonos recorrer en paralelo y completar algunos de los capítulos de esta obra. Para abordar adecuadamente esta cuestión, ha sido necesario analizar el heterogéneo concepto de discapacidad, que históricamente siempre ha estado lastrado por connotaciones negativas y de inferioridad. Como descubrimos, no es hasta muy recientes fechas cuando el consenso internacional permite hablar de la llamada teoría social y el reconocimiento de la diversidad funcional desde el plano de la igualdad. Estamos ahora ante un término que se expresa desde una óptica integradora, compleja e interaccional, que parte del consenso alcanzado en la Convención Internacional sobre los derechos de las personas con discapacidad. A partir de este punto, lo que se hace es relacionar discapacidad y mujer, intentando determinar si la combinación de ambos factores influye en la preexistencia de una mayor incidencia en el fenómeno de la violencia de género. Con ese objetivo, se emplea la transversalización y la interseccionalidad, como elementos que definen y pueden explicar la situación ocasionada al relacionar género y otras desigualdades. Partiendo de los estudios de la abogada afro-americana Kimberly Crenshaw, y aplicándolos por analogía a nuestro ámbito de actuación, llegamos a la conclusión de que la mujer con discapacidad constituye un grupo de altísimo riesgo a sufrir violencia de género. Género y discapacidad aparecen como una doble marca discriminatoria, que no sólo se manifiesta en la conciencia colectiva de los ciudadanos, por medio de notas negativas, sino que se instala en el propio subconsciente de las mujeres con discapacidad, que se ven más necesitadas de ayuda y vulnerables, llegando a soportar, justificar y aceptar determinadas situaciones de violencia. Para comprender esta cuestión, nuestro trabajo analiza lo que la doctrina mayoritaria ha venido en llamar factores, razones y mitos de la violencia de género en mujeres con diversidad funcional, determinando que los valores del patriarcado o la cultura machista les afectan de una forma más intensa. Como decíamos al principio, en los últimos años esta situación ha ido acaparando más espacios en las políticas de igualdad y contra la violencia de género. Las encuestas nacionales e internacionales van dando voz a estas mujeres y sus reivindicaciones. De ese modo, tanto la “Macroencuesta de Violencia contra la Mujer de 2015” realizada en España, como la que se confeccionó en el conjunto de la Unión Europea en 2014 por la European Unión Agency for Fundamental Rights, han querido llevar a cabo una primera aproximación al binomio mujer y discapacidad, constatando que este colectivo tiene una prevalencia más alta a diversas formas de violencia, con un 34% frente al 19% del resto de mujeres. Con todo ello, podríamos pensar que el legislador o las políticas de igualdad y contra la violencia de género deberían de haber puesto el acento en este colectivo, sin embargo, la actual legislación nacional realiza una aproximación poco profunda, planteando unas líneas de actuación muy generalistas, a partir de las cuales se constatan importantes lagunas en su concreción reglamentaria. Esta situación se puede evidencia en el articulado de la destaca Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género; en toda la legislación autonómica, salvo contadas excepciones; en la Orden de Protección de la víctima, tanto española como europea; así como en los diferentes protocolos de actuación que existen en nuestro país, tal y como analiza ampliamente este trabajo. Aunque "Protección integral de la mujer con diversidad funcional en supuestos de violencia de género" quiere ser una crítica del abandono que están viviendo estas víctimas, el estudio finaliza muchos de sus apartados con referencias a reformas legislativas o sociales muy recientes lo que da muestra de una evolución positiva. El Estatuto de la Víctima, la creación de la figura del facilitador para personas con discapacidad intelectual o enfermedad mental, el impulso de cláusulas sociales que fomentan valores de igualdad, género o discapacidad, así como el mayor interés de diferentes parlamentos autonómicos, nos ha permitido concluir este trabajo con la esperanza de cambio, aunque necesariamente venga precedido por un considerable esfuerzo de todos. "Protección integral de la mujer con diversidad funcional en supuestos de violencia de género " is the culmination of four years of intense exciting legal research, led by Dr. Elena Martínez García, which left a particularly innovative theme in the field of law, but we induced to think that behind it was a reality often silenced. From such specific issues as equality, gender, disability or gender violence, we have seen in the last phase of our work, it has come to match a legislator and a more open and inclusive social policies, allowing us to go in parallel and complete some of the chapters of this book. To properly address this issue, it has been necessary to analyze the heterogeneous concept of disability, which historically has always been weighed down by negative connotations and inferiority. As we discovered, not until recently when the international consensus can speak of the so-called social theory and recognition of functional diversity from the plane of equality. We are now faced with a term that is expressed from an integrated, complex and interactional perspective, that of the consensus reached in the Convention on the Rights of Persons with Disabilities. From this point, what is done is to relate disability and woman, trying to determine if the combination of both factors influence the pre-existence of a greater impact on the phenomenon of gender violence. To that end, mainstreaming and intersectionality, as elements that can define and explain the situation caused by linking gender and other inequalities it is used. Based on studies of African-American lawyer Kimberly Crenshaw, and applying by analogy to our scope, we conclude that women with disabilities is a group of high risk to suffer gender violence. Gender and disability appear as a double discrimination mark, which not only manifests itself in the collective consciousness of citizens, through negative notes, but settles in the subconscious own women with disabilities, who are most in need of help and vulnerable, reaching support, justify and accept certain situations of violence. To understand this issue, our paper analyzes what the majority doctrine has been called factors, reasons and myths of gender violence in women with functional diversity, determining the values of patriarchy or machismo culture affect them more intensely . As mentioned earlier, in recent years this situation has been hogging more space in the policies of equality and against gender violence. National and international surveys are giving voice to these women and their claims. Thus, both the "Macrosurvey of Violence against Women 2015" held in Spain, as that was drawn in the whole of the European Union in 2014 by the European Union Agency for Fundamental Rights, wanted to carry out a first approximation to the binomial women and disability, noting that this group has a higher prevalence of various forms of violence, with 34% versus 19% of other women. With all this, we might think that the legislature or policies of equality and against gender violence should have placed emphasis on this group, however, the current national legislation makes a shallow approach, proposing lines of action very general , from which significant gaps are apparent in its regulatory concreteness. This situation is evident in the articles of the highlights Organic Law 1/2004 of 28 December on Integrated Protection Measures against Gender Violence; throughout the regional legislation, with few exceptions; the Order Protection of the victim, both Spanish and European; as well as the different protocols that exist in our country, as widely discussed this work. Although " Protección integral de la mujer con diversidad funcional en supuestos de violencia de género " wants to be a critique of abandonment that are living these victims, the study concludes many of its sections with references to very recent legislative and social reforms which gives sample a positive development. The Statute of the Victim, the creation of the post of facilitator for people with intellectual disabilities or mental illness, boosting social clauses that promote values of equality, gender or disability, as well as the best interests of different regional parliaments, has allowed us to conclude this work in the hope of change, though necessarily come preceded by a considerable effort of all.
- Published
- 2016
36. La semilla sembrada: el potencial transformador de la justicia transicional y la restitución de tierras a mujeres en Colombia
- Author
-
Balaguer Soriano, Anna, Mestre i Mestre, Ruth, and Institut de Drets Humans
- Subjects
Justicia Social Feminista ,CIENCIA POLÍTICA [UNESCO] ,Reparacions transformadores ,UNESCO::CIENCIA POLÍTICA ,CIENCIAS JURÍDICAS Y DERECHO [UNESCO] ,Dones ,UNESCO::CIENCIAS JURÍDICAS Y DERECHO ,Víctimes conflicte armat Colombia ,UNESCO::FILOSOFÍA ,FILOSOFÍA [UNESCO] ,Construcció de pau ,Restitució de terres ,Drets Humans ,Justicia Transicional - Abstract
Esta tesis pone de relevancia la oportunidad que presentan las políticas de justicia transicional, en países que sufren o han sufrido violaciones sistemáticas de derechos humanos, para mostrar mediante sus mecanismos de Verdad, Justicia y Reparación, las causas estructurales de la violencia y sentar las bases para transformarlas. Así, el fin de esta investigación es clarificar si la justicia transicional debe y puede contribuir a generar condiciones de justicia social para los grupos sociales históricamente discriminados que han sido, por ello, víctimas de un conflicto armado generando así Garantías de No Repetición de la violencia. El estudio se contextualiza en el proceso de construcción de paz colombiano a raíz de la aprobación y aplicación de la Ley de Víctimas y Restitución de Tierras, en plena negociación de paz entre el Gobierno colombiano y la guerrilla de las FARC. La tesis parte de la afirmación de que la desigualdad social genera violencia. Por ello, será necesario abordar las causas del conflicto armado basadas principalmente en una injusta distribución de la riqueza y en el abandono estatal hacia las poblaciones rurales y las minorías étnicas. Dentro de estos grupos sociales, las mujeres reciben una discriminación acentuada por el hecho de ser mujeres. De este modo, la investigación se realiza desde la perspectiva de género y se orienta hacia la evaluación feminista de una medida concreta regulada en la normativa colombiana con un enfoque diferencial: la restitución de tierras a mujeres desplazadas por la violencia. Esta medida concederá títulos de tierras a mujeres que antes del despojo no los tenían, ampliando así el sentido restitutivo de la reparación para contribuir a eliminar algunas causas de discriminación que pudieron estar en el origen de la victimización. El alcance transformador de esta medida será evaluado de acuerdo al contexto y en base a los parámetros facilitados por Nancy Fraser en su teoría de la justicia social.
- Published
- 2015
37. Los derechos de la niñez en el contexto de la migración: los desafíos para la introducción del paradigma de protección integral de la niñez en las políticas migratorias
- Author
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Ceriani Cernadas, Pablo, Solanes Corella, Ángeles, Lucas, Javier de, and Institut de Drets Humans
- Subjects
Derechos Humanos ,Migración ,Políticas públicas ,CIENCIAS JURÍDICAS Y DERECHO [UNESCO] ,UNESCO::CIENCIAS JURÍDICAS Y DERECHO ,Niñez - Abstract
Se trata de una tesis que se presenta bajo el formato de Compendio de Publicaciones (artículo 8 del Reglamento sobre depósito, evaluación y defensa de la Tesis doctoral, según reforma del 28/II/2012). La tesis aborda, desde una perspectiva que incluye un marco conceptual y diversos trabajos de investigación de campo, la cuestión de los derechos humanos de niños, niñas y adolescentes (NNA) en el contexto de la migración internacional. La tesis, integrada por una serie de publicaciones realizadas entre los años 2008 y 2015, plantea los avances, desafíos y conflictos existentes con relación a los derechos de la niñez en el campo de las políticas migratorias, incluyendo el marco normativo y su implementación. De esta manera, se analizan, por un lado, los estándares y principios internacionales de derechos de niños y niñas aplicables al tratamiento de la migración, así como el marco conceptual que dan fundamento a esos derechos. Por el otro, se describen los principales problemas y obstáculos identificados -tanto en debates teóricos y políticos, como en las prácticas evidenciadas en diversos países- para la vigencia efectiva de esos derechos. Entre las principales falencias, se destacan la invisibilidad de los derechos de la niñez en las políticas migratorias, y complementariamente, la invisibilidad de los derechos de las personas migrantes en las políticas de infancia. A su vez, las políticas migratorias, mayormente centradas en los dispositivos de control y selección de la población migrante, omite de manera generalizada la consideración específica que el derecho internacional exige en materia de derechos de la niñez. Asimismo, en las publicaciones que se incluyen en esta tesis, se presentan trabajos de investigación coordinados por el candidato, realizados en diferentes contextos regionales (América Latina y el Caribe) y nacionales (Argentina y México), en los cuales se han abordado estos desafíos en escenarios específicos. Entre los diferentes temas que se analizan en estas publicaciones, cabe mencionar la problemática de detención y la expulsión de NNA por razones migratorias, el derecho a la vida familiar (incluyendo el derecho a la reunificación familiar), el acceso de la niñez migrante a derechos sociales, y el derecho a ser oído en cualquier procedimiento que pueda afectar sus derechos. Junto a las publicaciones compendiadas, esta Tesis incluye, por un lado, un capítulo introductorio y otro de resultados y conclusiones. En el primero, se describen cada una de las publicaciones, los temas principales temas que aborda, la metodología de trabajo y el contexto en el cual se ha elaborado (por ejemplo, ponencia, investigación en terreno, etc.). El segundo examina los aportes teóricos de cada una de ellas y los diferentes resultados de estos trabajo, particularmente su impacto en distintos niveles (academia, políticas públicas, iniciativas de organismos internacionales, reformas normativas, entre otros). Con el mismo objetivo, la tesis contiene dos anexos, referidos a: a) otras publicaciones sobre migraciones y derechos humanos realizadas por el candidato entre los años 2008 y 2015; b) conferencias y cursos dictados por el candidato en esta materia durante el mismo período. It is a thesis that is presented in the format of Compendium of Publications (Article 8 Regulation on deposit evaluation and defense of doctoral thesis, according to the Reform adopted at 28/II/2012). The thesis discusses the issue of human rights of children and adolescents in the context of international migration with an approach that includes a conceptual framework and various researches from the field. The thesis, integrated by a series of publications between the years 2008 and 2015, addresses the progress, challenges and conflicts with respect to the rights of children in the field of migration policies, including the legal framework and its implementation. In this regard, it is analyzed, firstly, the international standards and principles on children's rights applicable to migration, as well as the theoretical arguments that protect these rights. In addition, the publications describe the main problems and obstacles -both in theory and in practice identified on the ground in numerous countries- for the efective fulfilment of those rights. Among the major shortcomings, they highlight the invisibility of the rights of children within migration policies, which is complemented by the invisibility of the rights of migrants within childhood policies. In turn, migration policies, mostly focused on control mechanism and a selective approach to migration, tend to lack specific consideration that international law demands when it comes to children's rights. Moreover, the publications gathered for this thesis include researches coordinated by the candidate that were carried out in different regional (Latin America and the Caribbean) and national contexts (Argentina and Mexico). Among the various topics discussed in these publications, it is important to note the issue of detention and expulsion of children due to migration reasons, the right to family life (including the right to family reunification), the access of migrant children to social rights and the right to be heard at any proceeding that may affect their rights. Along with the abridged publications, this thesis includes an introductory chapter and a conclusion and outcomes chapter. In the first one, each of the publications are briefly explained, including a short description of the main themes, the methodology and the context in which they were done (e.g., working paper, field research, etc.). The second examines the theoretical contributions of each one and the numerous outcomes, particularly their impact at different levels (academic, public policies initiatives of international organizations, policy reforms, among others). With the same objective, the thesis contains two annexes concerning: a) other publications on migration & human rights made by the candidate between 2008 and 2015; b) conferences, seminars and courses delivered by the applicant on the same topics during the abovementioned period of time.
- Published
- 2015
38. Derechos humanos, estado e ideologías en un mundo global. Una lectura desde el pensamiento político de Noam Chomsky
- Author
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Cáceres Enríquez, Luz Edith, García Pascual, Cristina, and Institut de Drets Humans
- Subjects
ideologia ,estado ,CIENCIAS JURÍDICAS Y DERECHO [UNESCO] ,politica internacional ,UNESCO::CIENCIAS JURÍDICAS Y DERECHO ,derechos humanos ,conflicto - Abstract
En esta tesis se establece la relación que hay entre Derechos humanos, Estado e ideologías, analizados desde la perspectiva del pensamiento político de Noam Chomsky, un intelectual de los más reconocidos a nivel mundial, que se dio a conocer por su novedosas y revolucionarias teorías sobre la mente y el lenguaje, para luego ser reconocido por sus posturas críticas frente al gobierno de Estados Unidos, su relación con los países del Tercer Mundo y su política exterior intervencionista. Se trata de identificar los principales factores que plantea el autor sobre las dificultades que en tiempos actuales atraviesa la defensa de los derechos humanos, en una época de economía global en que los intereses económicos de las grandes corporaciones industriales y financieras prima sobre los derechos humanos, la seguridad mundial y las instituciones de justicia internacional. Entre estos problemas que este tipo de relación establece se puede destacar la manera como se violenta la soberanía de los pueblos del Tercer Mundo y al hacerlo, vulnerar los derechos humanos de la población civil, afectando derechos tan importantes como los sociales. Entre las estrategias que los grandes poderes utilizan está el poder militar de la más importante potencia de nuestros tiempos, además del uso de la propaganda oficial, fundamentada en una enorme maquinaria ideológica y moral que les permite justificar lo injustificable. A ello contribuyen importante intelectuales al servicio del Estado, que aprovechan su conocimiento y su prestigio para defender intereses privados y personales. Es el caso de la principal potencia del mundo, que en nombre de la democracia y los derechos humanos se impone como policía del mundo para defender sus intereses estratégicos. Esta es la postura de una de los más reconocidos activistas políticos y sociales a nivel mundial.
- Published
- 2015
39. Las medidas de integración de los inmigrantes en la Unión Europea. El modelo competencial y los diferentes enfoques territoriales en el sistema español
- Author
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García Juan, Laura, Solanes Corella, Ángeles, and Institut de Drets Humans
- Subjects
políticas de integración ,competencias autonómicas ,derecho migratorio ,CIENCIAS JURÍDICAS Y DERECHO [UNESCO] ,programas de integración cívica ,UNESCO::CIENCIAS JURÍDICAS Y DERECHO ,ciudadanía cívica ,unión europea - Abstract
La investigación se centra en el estudio de los programas de integración cívica para inmigrantes, materializados en cursos introductorios y de idioma, desde una perspectiva eminentemente jurídica, examinando su permanente evolución en el contexto de la Unión Europea y su incipiente aparición en España. Este Estado miembro tiene la particularidad de ser aquel en el que el fenómeno migratorio ha comenzado, tenido su punto más álgido e iniciado un significativo descenso en poco más de una década, lo que convierte al país en un estudio de caso ciertamente paradigmático. El objetivo de este trabajo es averiguar si las medidas o condiciones de integración legitimadas por el Principio Básico Común de Integración nº 4, tal y como han sido concebidas por las instituciones europeas y por algunos Estados miembros, son trasladables a España y en qué medida, y ello partiendo de un sistema de distribución competencial en materia de extranjería, inmigración e integración que está íntimamente vinculado con nuestro modelo territorial. The research examines, from an eminently legal perspective, civic integration programs for immigrants as embodied in a range of introductory and language courses. In particular, it focuses on their continuing evolution in the context of the European Union as well as their fledgling appearance in Spain. This Member State has been characterized by an immigration increase, peak and significant decline over barely a decade, which makes it a particularly interesting case study. The aim of this work is to determine whether the measures or conditions of integration legitimized by Common Basic Principle of Integration No. 4, in process of implementation by European institutions and some Member States, can be transferred to Spain and to what extent. The starting point of this analysis is Spain’s unique decentralized system of immigration and integration policy, which is closely linked to its autonomical model of governance.
- Published
- 2014
40. Derechos Humanos, discapacidad y toma de conciencia: artículo 8 de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, un camino previo por recorrer
- Author
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Lidón Heras, Leonor, Añón Roig, María José, and Institut de Drets Humans
- Subjects
naciones unidas ,discapacidad ,SOCIOLOGÍA::Grupos Sociales [UNESCO] ,UNESCO::CIENCIAS JURÍDICAS Y DERECHO::Teoría y métodos generales::Filosofía del derecho ,CIENCIAS JURÍDICAS Y DERECHO::Derecho internacional [UNESCO] ,filosofía del derecho ,UNESCO::CIENCIA POLÍTICA::Relaciones internacionales ::Tratados y acuerdos internacionales ,sociología ,derecho internacional público ,UNESCO::SOCIOLOGÍA::Grupos Sociales ,UNESCO::CIENCIAS JURÍDICAS Y DERECHO::Derecho internacional ,CIENCIAS JURÍDICAS Y DERECHO::Teoría y métodos generales::Filosofía del derecho [UNESCO] ,CIENCIA POLÍTICA::Relaciones internacionales ::Tratados y acuerdos internacionales [UNESCO] ,derechos humanos - Abstract
La tesis defiende que la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y su artículo 8 relativo a la toma de conciencia crean una estructura de interpretación y aplicación que entrelaza obligaciones, principios y derechos que se vertebran en la toma de conciencia. De manera que la toma de conciencia se apoya en los derechos contenidos en la Convención, y los derechos contenidos en la Convención se estructuran en la toma de conciencia. De esta forma se supera la dimensión enunciativa y declarativa de los derechos, y se plantea al mundo jurídico la necesidad de buscar fórmulas que, más allá del conocimiento de lo preceptuado en las normas, lleven a la observancia. Por ello se afirma que es necesaria una toma de conciencia que redimensione la relación entre percepción, conocimiento y acceso a derechos desde el enfoque de derechos humanos que contiene la Convención. En consonancia, la tesis, desde una dimensión téorico-práctica, ofrece indicadores de derechos humanos para la implementación del artículo 8 de la Convención que inciden de forma transversal en la aplicación de todos los derechos que la misma contiene. La tesis, a través de una metodología múltiple, emancipatoria e interdisciplinar parte y finaliza en el artículo 8 de la Convención. Desde este artículo se plantea de forma tácita, todo el análisis de la realidad social y jurídica hasta llegar de nuevo a él. El análisis social muestra, junto a datos que lo corroboran, cómo las formas de entender la discapacidad impactan en el reconocimiento y goce de derechos. Para ello, desde la pregunta quién es ese otro con discapacidad y que jerarquía se aplica al responder, plantea el concepto de diferenciación, que en la presente tesis es definido como un proceso producto del poder, personal o social, que quiere perpetuarse, y que, a través de la asignación de un menor valor, se traslada social, terminológica y jurídicamente, hecho que provoca el fenómeno de la desigualdad y la discriminación a través de las barreras. La tesis hace una propuestas de barreras que partiendo de las mentales, se proyectan en jurídicas, relacionales y físicas, y que afectan a la titularidad de derechos y/o al ejercicio de los mismos, cuestión que muestra cómo se produce la disociación entre titularidad y ejercicio de derechos, y señala también el mayor grado de vulneración de derechos frente a otros colectivos. La dimensión jurídica de la tesis se inicia con un breve análisis de la teoría general de los derechos humanos, cuyos principios y valores son sucintamente descritos para ser interpelados desde la discapacidad. Aspecto que permite mostrar como, en sus notas clásicas y evolución, han sido escritos obviando a las personas con discapacidad. Junto a este breve análisis se realiza un estudio exhaustivo de más de 160 documentos de Naciones Unidas, entre normativa no convencional y convencional y de todas las observaciones generales de todos los Comités de Derechos Humanos que identifica: qué terminología se utiliza, qué derechos se reconocen y cuáles se exceptúan, los valores desde los que se afirman, el contenido de la igualdad y no discriminación, y su visibilidad en comparación con otros grupos vulnerados. En definitiva, esta lectura permite conocer bajo qué modelo de la discapacidad se está operando: el que asume como natural su extermino vital o social (modelo de prescindencia), el que entiende su desigualdad como algo natural (modelo médico), o el que afirma su igualdad radical y material (modelo de derechos humanos). Y por tanto, muestra la relación entre percepción y acceso a derechos. El análisis del texto de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad se hace de forma profunda y comparada con las demás Convenciones de Naciones Unidas, cuestión que permite afirmar la riqueza y originalidad de su texto, tanto en su estructura como en sus planteamientos, así como su carácter expansivo para la teoría general de los derechos humanos, que deberá plantearse redefinir la universalidad, la inalienabilidad y el carácter absoluto de los derechos, y también para el sistema internacional de tratados, en cuestiones como contenido mínimo de derechos o trazabilidad entre principios, obligaciones y derechos. También se leen los derechos contenidos en la Convención en línea con algunos de los principios de la teoría general de los derechos humanos redefinidos desde la propia Convención. Se alinean especialmente con la autonomía, la dignidad, y la igualdad y no discriminación y los mecanismos necesarios para su aplicación y garantía, aspecto que señala como claves cuestiones como la accesibilidad, los ajustes razonables o el diseño para todos para que no se disocie titularidad de ejercicio de derechos. La propuesta de indicadores estructurales, de proceso y de resultado que contiene se realiza desde una triple perspectiva. Por un lado desde la dimensión social y jurídica analizada en la tesis. Por otro, mediante la lectura transversal y comparada del artículo 8 en relación a la Convención y al sistema internacional de tratados. Y finalmente, se dimensionan desde los componentes cognitivo, afectivo y conativo de la conducta humana. Para definirlos se toma como base, siguiendo el camino que describe la tesis, el entender cómo opera la exclusión y la desigualdad, y así, proponer respuestas que aunaran lo jurídico y lo social. Toda la tesis se centra en que, ante la pregunta quién es ese otro con una discapacidad, la Convención afirma sin dudarlo que es un igual, y que para ello, el artículo 8 ese camino previo y necesario por recorrer.
- Published
- 2013
41. El derecho a la libertad de expresión y su relación con el discurso del odio: estándares internacionales de protección y su reflejo en el ordenamiento jurídico español
- Author
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Andres Gascon Cuenca, García Añón, José, and Institut de Drets Humans
- Subjects
CIENCIAS JURÍDICAS Y DERECHO [UNESCO] ,discurso del odio ,discriminación ,UNESCO::CIENCIAS JURÍDICAS Y DERECHO ,minorías ,libertad de expresión - Abstract
El presente proyecto de tesis doctoral tiene como objetivo principal la investigación de la relación entre el derecho a la libertad de expresión y el conocido como discurso del odio, en el marco del ordenamiento jurídico español. Este trabajo se realiza con la finalidad de identificar qué mecanismos legales se han previsto para abordar estas situaciones, y si la respuesta que se ha configurado está en consonancia con las obligaciones contraídas por España en el ámbito internacional en esta materia. Para ello es imprescindible el estudio de la interpretación jurisprudencial de esta normativa para conocer la existencia de posibles disfunciones entre estos tres ámbitos. Los problemas actuales giran en torno al establecimiento de límites al ejercicio del derecho a la libertad de expresión cuya regulación en esta materia específica ha sido siempre muy cuestionada al ser un derecho fundamental inherente a las sociedades democráticas de Derecho actuales. Así, la inclusión de tipos penales que castigan el discurso del odio es vista por parte de la doctrina como una extralimitación del legislador de la última ratio que se le debe adscribir al Derecho penal para regular los comportamientos de los ciudadanos. En el margen opuesto están las víctimas de estos comportamientos cuyos derechos se ven afectados, y parte de la doctrina que opina que sí se deben establecer ciertos límites al ejercicio de la libertad de expresión cuando este se utiliza en el marco de este tipo de discurso. Esta dicotomía es el problema primordial que se investigará, teniendo en cuenta todos los factores que afectan a la solución de estas disputas. Se pretende abordar la cuestión de la limitación del derecho a la libertad de expresión desde el punto de vista doctrinal y normativo en dos niveles, el internacional y el nacional, y su reflejo a nivel jurisprudencial. Todo esto con el objetivo de conocer cuáles son los estándares de protección que se ofrecen a las víctimas en nuestro ordenamiento jurídico. La libertad de expresión, pilar fundamental de cualquier Estado democrático de Derecho, ha sufrido una evolución desde su primera teorización y conquista, hasta nuestros tiempos. En un primer momento este derecho surgió por la necesidad que tenía la ciudadanía de participar activamente en el foro público decidiendo sobre aquellos asuntos que le afectaban, frente al poder opresor del Estado medieval que castigaba el disenso y que pretendía su tutela permanente. En la actualidad, una parte de la sociedad ejerce su derecho a la libertad de expresión con el objetivo de convertirlo en una herramienta que legitime, justifique y proteja aquellos discursos xenófobos, racistas o basados en la intolerancia, que pretenden albergar actitudes discriminatorias y ofensivas contra la dignidad humana de las personas que conforman ciertos grupos minoritarios presentes en nuestra sociedad. Estos se ven atacados por tener alguna condición que los diferencia de la mayoría social, como sus rasgos fenotípicos, su religión, su color de piel, etc.; o en otras ocasiones, por la adscripción a un determinado grupo de características o comportamientos que son vistos como altamente desagradables o peligrosos por el resto de la sociedad que pretenden incitar a su rechazo como miembros de pleno derecho. Frente a este tipo de comportamientos, tanto el ámbito internacional como los diferentes ordenamientos jurídicos internos de los Estados de nuestro entorno, y también el español, ofrecen una serie de respuestas jurídicas ante estas conductas que configuran la protección frente a este tipo de discursos. Sin embargo, la constatación de esta realidad no se debe entender como la solución del conflicto, puesto que las respuestas normativas ofrecidas son tan dispares y la legitimación de la protección tan discutida por la doctrina y por una parte de la judicatura, que en muchas ocasiones deviene inoperante. La actualidad de esta problemática, que en los últimos años se está poniendo de relevancia tanto por instituciones internacionales como nacionales por el aumento de este tipo de comportamientos, es el motivo por el que se plantea en esta investigación qué tipo de protección se está ofreciendo a las víctimas de este discurso y si la respuesta está en consonancia con los estándares internacionales de protección que forman parte de nuestro ordenamiento jurídico. Para abordar esta tarea es necesario realizar el estudio del status quaestionis. Para la consecución de este objetivo se llevará a cabo una investigación detallada de todos los ámbitos que influyen en el asunto que aquí nos ocupa y que nos informarán de cuál es el estado actual del problema planteado. En primer lugar, se tratarán cuáles fueron las necesidades que empujaron a la sociedad a luchar por la protección de la libertad de expresión como marco esencial en que se debe desarrollar la participación de los ciudadanos en la formación de la opinión pública. En este sentido se estudiará el papel de la libertad de expresión según Immanuel Kant como un ejemplo de cómo se puede ejercer la autonomía de los ciudadanos frente al poder del Estado. En segundo lugar, se tratarán los dos modelos sobre los que históricamente se ha construido la libertad de expresión. El primero se corresponde con el ejemplo norteamericano, en el que se podría situar a T. Jefferson como una influencia directa sobre el proceso de codificación que este derecho sufrió en las primeras declaraciones de derechos norteamericanas. El segundo hace referencia al modelo continental de protección presente en diversos Estados europeos y que, en general, se puede identificar con la tarea realizada en la Revolución francesa, en cuyo proceso de complicación influyeron otros factores que permiten diferenciar ambos procesos. Así, se contrapondrán las características de estos dos modelos respecto de la positivización de esta libertad para conocer sus particularidades históricas. El tercer ámbito que se tratará, y que está directamente relacionado con el apartado anterior, es la identificación de las características que estos dos modelos históricos han desarrollado de forma contemporánea en la aplicación de la legislación que protege el derecho a la libertad de expresión. En primer lugar, se estudiará el ejemplo norteamericano basado en la Primera Enmienda a la Constitución de EE. UU., junto con la dilatada evolución que el Tribunal Supremo de este país ha ido construyendo mediante su jurisprudencia a este respecto. En segundo lugar, y dentro de la respuesta que en términos generales se ofrece en Europa a estos comportamientos, se identificarán las características de la regulación contemplada por el ordenamiento jurídico de la República de Alemania. Se ha elegido este sistema legal como marco de comparación por dos motivos: por un lado, el legislador español se basó en él en el momento de incluir este tipo de preceptos en nuestro ordenamiento; y por otro lado, regula estas conductas mediante el Código penal, de igual forma que España, y por ejemplo de forma diferente a Francia, donde se contempla en la ley que desarrolla la libertad de prensa (Ley Gayssot, de 13 de julio de 1990). Este apartado tiene como objetivo contraponer las características existentes en ambos modelos, que responden de forma muy dispar ante el fenómeno del discurso del odio. Es necesario conocer esta realidad para poder justificar de forma fundamentada qué vía debería utilizar el legislador español para afrontar este problema y articular una respuesta legal adecuada. Una vez identificada la construcción histórica de protección de la libertad de expresión y la forma diferente de abordar el discurso del odio en EE. UU. y en Alemania, en un tercer apartado se investigarán los estándares de protección que existen a nivel internacional y que forman parte del ordenamiento jurídico español. Mediante este análisis se podrá identificar este modelo dentro de alguno de los dos analizados en el apartado anterior, para así determinar los bienes jurídicos que se intentan proteger mediante los diferentes textos internacionales que regulan esta materia. Bajo el amparo de la Organización de Naciones Unidas se sitúan los artículos 19 y 20 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y el artículo 4 de la Convención para la Eliminación de todas las formas de Discriminación Racial. Asimismo, es igual de importante atender a la interpretación que los comités creados por estos textos legales hacen de los artículos referidos, como parte integral de la protección ofrecida en este ámbito. Además, al margen de estos tratados internacionales también existen otro tipo de actuaciones realizadas por la ONU con el objetivo de combatir la discriminación étnica y racial, a través de las diferentes resoluciones emitidas a este efecto y las diversas conferencias internacionales en las que este organismo expresa su preocupación por el fenómeno del discurso del odio, ofreciendo a los Estados ciertas recomendaciones a seguir para combatir su dispersión. Por otra parte, los artículos 10 y 17 de la Convención Europea de Derechos Humanos establecerían la limitación de la utilización de la libertad de expresión bajo ciertas circunstancias, entre las que podemos identificar el discurso del odio, dentro de los ordenamientos jurídicos de los Estados que conforman el Consejo de Europa. Esta Convención dio lugar a la creación del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, órgano encargado de fiscalizar el cumplimiento de las garantías establecidas en el texto, que ha resuelto en numerosas ocasiones sobre conflicto de derechos que nos ocupa, en una dilatada jurisprudencia a este respecto. En estas decisiones el TEDH ha ido estableciendo una serie de estándares de protección, vigentes en todos los países que forman parte del CEDH, que deberían ser tenidos en cuenta por los ordenamientos jurídicos nacionales y sus tribunales. Por lo tanto, es esencial su identificación para la posterior evaluación de su aplicación a nivel español. Continuando en el espacio europeo, es imprescindible atender a la legislación proveniente de la Unión Europea, que completará la visión internacional. Así, se estudiará principalmente la Decisión Marco 2008/913/JAI del Consejo, de 28 de noviembre de 2008, relativa a la lucha contra determinadas formas y manifestaciones de racismo y xenofobia mediante el Derecho penal, que establece una serie de obligaciones a los Estados Miembros sobre la prohibición a través de la jurisdicción penal de un elenco de comportamientos que se identifican con el discurso del odio. Una vez realizado este ejercicio en el que se pretende hacer un recorrido en profundidad por todo el ámbito internacional en el que se aborda la relación entre la libertad de expresión y el discurso del odio, es el momento de investigar la realidad propia del ordenamiento jurídico español. Así, en esta parte se estudiarán los artículos del Código penal que regulan estos comportamientos, identificando cuáles son las características que estos presentan. Es esencial centrar el estudio en torno al actual y enardecido debate doctrinal que ha generado la inclusión de los artículos 510 y 607.2 del Código penal. La mala técnica jurídica empleada en la redacción de los artículos resulta en una pluralidad de problemas entre los que destacan dos: 1) la falta de identificación nítida de cuáles son sus límites; y 2) la carencia de una conexión entre la conducta tipificada y los bienes jurídicos superiores que se intentan proteger que, a primera vista, podría derivar en una falta de proporcionalidad en las penas previstas. Estos dos grandes problemas obtienen como resultado, por un lado, la oposición frontal que parte de la doctrina ejerce frente a la limitación que esta regulación supone para el derecho a la libertad de expresión, observada como una limitación ilegítima del propio derecho; y por otro lado, la aplicación errática del tipo penal por parte de los tribunales, sobre todo a consecuencia de la STS 250/2011, de 12 de abril, que añade un tercer problema a los ya existentes y que es el intento de asimilación de nuestro modelo de protección con el contemplado en EE. UU. Además, y puesto que el discurso del odio puede lesionar derechos fundamentales garantizados en la Constitución española, es necesario añadir al estudio los artículos que protegen la dignidad de la persona, la igualdad formal y material y la ausencia de discriminación, y el derecho al honor. Por lo tanto, es esencial realizar un estudio, tanto legislativo como jurisprudencial de todos estos ámbitos, para conocer sus características y la interpretación que los tribunales han realizado, para así poder identificar de forma concreta los problemas derivados de su aplicación y determinar si la respuesta que ofrece nuestro ordenamiento está en consonancia o no con los estándares internacionales identificados en el capítulo anterior. En este sentido es necesario incluir dentro del estudio la modificación que de estos artículos ha realizado el legislador en julio de 2015, lo que añade a esta investigación una vía de desarrollo futuro que consistiría en la observación y evaluación de la interpretación judicial de la nueva redacción, dado que en este momento no contamos con ninguna decisión en este sentido. Una vez completado el estudio integral de la relación existente entre el derecho fundamental a la libertad de expresión y su posible limitación en cuanto se encuadra dentro del discurso del odio, llegará el momento de valorar los resultados alcanzados y establecer unas conclusiones acerca de la pregunta que se pretende resolver en esta investigación. Así, aunque ha parecido oportuno realizar apartados de conclusiones parciales en cada uno de los capítulos acerca de cada uno de los ámbitos estudiados, una vez la investigación ha llegado a su fin, se recopilarán estos y se valorará críticamente la legitimidad de la limitación estudiada y la efectividad de la protección ofrecida por el ordenamiento jurídico español a la luz de los estándares internacionales de protección que forman parte de este.
42. Enforced disappearances in the context of migration: A brief review of General Comment No.1 of the Committee against Forced Disappearances.
- Author
-
Castilla K
- Subjects
- Humans, International Cooperation, Employment, Human Rights, Transients and Migrants
- Abstract
The reasons that lead a person to initiate a migratory movement are manifold. Therefore, the conditions and the way in which this movement is carried out are also diverse and unequal. Currently, there is not a single country in the world with open borders. This means that each country sets the requirements that a person must meet to enter its territory. This confirms that the "right to migrate" is not fully recognised in any legal system2. Because not everyone can meet these requirements or are denied visas, in many cases people are forced to use forms, routes, and modes of transportation that risk their integrity or lives to make a cross-border migration move. But that's not all: thousands of migrants disappear on the way to their destination country or in the destination country itself. In many cases, we do not even know whether they have died or whether something 2 Human rights treaties generally recognise the right to enter and leave one's own country, but not the right to enter another country. Most of what is recognised in the Universal Declaration of Human Rights is that "everyone has the right to seek and to enjoy in other countries asylum from persecution." See: (Castilla Juárez K. , 2024) has happened to them. We simply do not know anything more about these people.
- Published
- 2023
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