Las partes en conflicto y sus reguladores, en la utilización del Derecho Internacional Humanitario, ya sea teórica o práctica, tanto en operaciones militares como en su juzgamiento, históricamente se han enfocado en un desarrollo antropocéntrico del ius in bellum al focalizar su atención en la protección de la persona humana o en los bienes que se relacionan intrínsecamente con ella. No obstante, el estado de cosas gestado en el interior de los conflictos armados internacionales y no internacionales ha llevado a que expertos, militares y tribunales realicen nuevos análisis de este cuerpo normativo y de algunas provisiones clásicas desde una perspectiva ecocéntrica, que apunte a la protección del medio ambiente natural en el marco del desarrollo de las hostilidades bélicas. En ese orden, Colombia no está exenta de esta nueva visión del Derecho Internacional Humanitario respecto de la protección de este bien, necesario para la subsistencia de la vida, tanto de las futuras generaciones como del planeta en sí mismo. Por lo tanto, en el marco de los conflictos armados no internacionales es importante identificar y establecer los instrumentos que limitan los medios y métodos de la guerra en relación con su impacto al medio ambiente, para así determinar hasta dónde pueden llegar las acciones de los diferentes actores armados en un contexto de guerra, en el que se presentan ataques a oleoductos, minas antipersona, pillajes que implican apropiación de recursos naturales, explotación minera, bombardeos sobre zonas forestales, entre otras conductas. En consecuencia, el objeto del presente capítulo es explicar, desde la casuística existente, el estado del arte en el Derecho Internacional Humanitario sobre la protección al medio ambiente tanto en conflictos armados internacionales como en no internacionales. Para este fin, primero se abordarán las normas convencionales y consuetudinarias que protegen directamente al medio ambiente. Posteriormente, se mencionarán las normas que indirectamente protegen al medio ambiente en el marco de este cuerpo jurídico especial. En un tercer momento, se hará mención del cuerpo normativo internacional distinto al ius in bello que incide en la protección del medio ambiente en el marco de conflictos armados. Cuarto, se realizará el análisis en el plano local colombiano, esto desde tres niveles: constitucional, penal ordinario y en esquemas transicionales. Por último, se presentarán algunas conclusiones aplicables en el escenario internacional, por ejemplo, los nuevos intentos de insertar un nuevo crimen internacional como es el ecocidio, que en estricto sentido no obedece a situaciones de conflictos, y en el contexto colombiano. The parties to the conflict and their regulators, in the use of international humanitarian law, whether theoretical or practical, both in military operations and in its prosecution, have historically focused on an anthropocentric development of the ius in bellum by focusing their attention on the protection of the human person or on the goods that are intrinsically related to it. However, the situation generated within international and non-international armed conflicts has led experts, military, and courts to carry out new analyses of this body of law and of some classic provisions from an ecocentric perspective, aiming at the protection of the natural environment in the framework of the development of war hostilities. In this order, Colombia is not exempt from this new vision of international humanitarian law regarding the protection of this good, necessary for the subsistence of life, both for future generations and for the planet itself. Therefore, in the framework of non-international armed conflicts, it is important to identify and establish the instruments that limit the means and methods of war in relation to its impact on the environment, in order to determine how far the actions of the different armed actors can go in a context of war, in which there are attacks on oil pipelines, antipersonnel mines, looting involving the appropriation of natural resources, mining exploitation, bombing of forest areas, among other conducts. Consequently, the purpose of this chapter is to explain, from the existing casuistry, the state of the art in international humanitarian law on the protection of the environment in both international and non-international armed conflicts. To this end, first the conventional and customary norms that directly protect the environment will be addressed. Subsequently, mention will be made of the norms that indirectly protect the environment within the framework of this special body of law. Thirdly, mention will be made of the body of international law other than ius in bello that affects the protection of the environment in the context of armed conflicts. Fourth, the analysis will be made at the local Colombian level, this from three levels: constitutional, ordinary criminal and transitional schemes. Finally, some conclusions applicable in the international scenario will be presented, for example, the new attempts to insert a new international crime such as ecocide, which strictly speaking does not obey conflict situations, and in the Colombian context.